El Boletín Oficial del Estado ha publicado este miércoles el indulto parcial a la expresidenta de Junts Laura Borràs, por el que la pena de prisión de cuatro años, seis meses y un día queda conmutada por otra de dos años
La medida responde a razones de justicia y equidad y fue propuesta por el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, después de la deliberación del Consejo de Ministros celebrada este martes
Condiciones del indulto
La conmutación queda condicionada a que Borràs no vuelva a cometer un delito doloso en los cinco años siguientes a la publicación del real decreto
Además, se mantienen la multa y la inhabilitación de 4 años y 1 día para el ejercicio de empleos o cargos públicos electivos
Según trasladó el Ministerio, el indulto se concede en los términos planteados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que condenó a Borràs y sostuvo en su sentencia que la pena de prisión resultaba desproporcionada y excesiva