La Cámara de Representantes inició el trámite para corregir los vicios de procedimiento identificados en nueve artículos de la reforma pensional, sancionada durante el gobierno de Gustavo Petro

El plazo de 30 días comenzó con la publicación de la Sentencia C-264 de 2026 y la notificación mediante edicto, que se realizó entre el 15 y el 17 de septiembre. Como el conteo excluye sábados, domingos y festivos, el término vencería el jueves 29 de octubre

Comisión accidental hará seguimiento al nuevo debate

Durante la sesión plenaria del 16 de septiembre, la Cámara aprobó la creación de una comisión accidental encargada de acompañar y vigilar el trámite de los artículos que deben ser discutidos nuevamente

La propuesta fue presentada por el representante Jonathan Pineda, del Centro Democrático, quien manifestó que coordinará el espacio para revisar con detalle las disposiciones señaladas y garantizar que el procedimiento cumpla con los requisitos legales

Entre los congresistas que respaldaron la iniciativa están Simón Molina, del Partido Creemos y primer vicepresidente de la Cámara, y Jezmi Barraza, del Partido Liberal

El proceso no supone revisar toda la reforma pensional. La Cámara deberá concentrarse en los artículos o apartados en los que la Corte Constitucional encontró fallas durante el trámite legislativo

Los artículos que volverán a discusión

La Sentencia C-264 de 2026 fue aprobada por siete votos contra uno y contó con el salvamento de voto del conjuez Carlos Pablo Márquez. La Sala Plena determinó que la mayoría de las disposiciones había superado el examen relacionado con los errores de procedimiento

Entre las normas que deberán ser debatidas nuevamente está el artículo 84, que establece el tratamiento tributario de los cuatro pilares del sistema pensional. El texto contempla una exención del impuesto de renta para pensiones de hasta 1.000 UVT mensuales, equivalentes a $47.065.000 en 2024, mientras que los valores superiores quedarían gravados

También se ordenó discutir de nuevo la totalidad del artículo 93, relacionado con un régimen especial para pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y campesinas

Además, el Congreso deberá revisar un inciso del artículo 92, referente a la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo

Si después del nuevo debate existen diferencias entre los textos aprobados por el Senado y la Cámara, las corporaciones deberán acudir a una conciliación. El tiempo empleado en ese mecanismo no se descontará del plazo fijado para corregir el trámite

La entrada en vigor integral de la reforma pensional está prevista para el 1 de abril de 2027, siempre que se complete el procedimiento legal de los artículos devueltos