La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido cumplir el auto del Tribunal Supremo que paraliza de forma cautelar los efectos electorales de determinadas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) vinculadas a la llamada ley de nietos

Tras una reunión de casi dos horas celebrada en el Congreso de los Diputados, el organismo pondrá en marcha las actuaciones necesarias para identificar a los nacionalizados que pueden demostrar su relación con el exilio español

La medida puede dejar sin derecho de voto a quienes se incorporaron al CERA mediante la Ley de Memoria Democrática y no acrediten los requisitos de exilio exigidos por la normativa, conforme a lo establecido cautelarmente por el alto tribunal

Desde la entrada en vigor de esta vía legal, más de 400.000 personas han obtenido la nacionalidad española

Revisión de expedientes e inscripciones en el censo exterior

La JEC solicitará a las oficinas consulares la documentación de los expedientes de nacionalización. También requerirá a la Oficina del Censo Electoral información detallada sobre el modo en que se efectuaron las inscripciones

En particular, pretende distinguir entre quienes accedieron a la nacionalidad mediante la presunción de exilio incorporada posteriormente por una instrucción del Ministerio de Justicia y quienes demostraron expresamente esa condición

El análisis deberá separar los casos acogidos a la presunción prevista para españoles que abandonaron el país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955 de aquellos que acreditaron un exilio posterior, hasta el final de la dictadura franquista

La información permitirá aplicar los criterios fijados por el Supremo y establecer qué personas pueden conservar los efectos electorales de su inscripción en el censo de residentes en el extranjero

La JEC no analizará ahora el fondo ni recurrirá el auto

La decisión fue objeto de debate interno. Cinco vocales defendieron que la Junta examinara también si las nacionalizaciones tramitadas al amparo de la ley de nietos se ajustan a la legislación y si debían quedar incluidas en la suspensión. La propuesta fue rechazada por ocho votos

El organismo tampoco presentará un recurso contra el auto. Siete vocales consideraron que no tendría posibilidades de prosperar, mientras que seis apoyaron recurrirlo

La JEC aplicará así la resolución judicial mientras continúa el procedimiento que deberá concluir con la sentencia definitiva del Supremo sobre el fondo del conflicto

Preocupación por las competencias electorales

Durante la reunión, varios miembros expresaron su preocupación por el alcance de la resolución y por una posible invasión de las atribuciones de la Junta Electoral

El debate se centra especialmente en las consecuencias para el CERA y en la eventual revisión de nacionalizaciones ya concedidas o todavía en trámite

La semana pasada, el Supremo estimó parcialmente las medidas cautelares solicitadas en dos recursos contra un acuerdo de la JEC fechado el 16 de julio

La Sala de lo Contencioso-Administrativo suspendió hasta la sentencia los efectos electorales de las inscripciones en el CERA correspondientes a personas nacionalizadas por esta vía, así como las nuevas altas. La excepción afecta a quienes acrediten ser descendientes de exiliados españoles

El auto ordena recabar datos de la Oficina del Censo Electoral y de los registros consulares para conocer cómo se produjeron las inscripciones y qué documentos se presentaron. También solicita certificaciones que permitan diferenciar a quienes probaron documentalmente el exilio de sus ascendientes de quienes se acogieron a la presunción establecida posteriormente por la Administración