El juez Alejandro Diego Flori, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 3 de San Isidro, declaró extinguida la pena y ordenó la excarcelación de C.D.V., uno de los condenados por el homicidio de Santiago Urbani

La medida comenzó a regir el 5 de septiembre de 2026, cuando entró en vigencia el nuevo Régimen Penal Juvenil. La resolución había sido firmada el día anterior

El nuevo límite de 15 años

C.D.V. había recibido una pena de 19 años de reclusión por robo calificado con arma de fuego, homicidio criminis causae y tenencia ilegal de arma de guerra, en concurso real

Sin embargo, la sentencia todavía no estaba firme. La defensa había presentado recursos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el trámite permanecía en la Procuración General desde el 1° de octubre de 2025

El magistrado fundamentó su decisión en el artículo 19 de la Ley 27.801, que fijó un máximo de 15 años de prisión para los casos alcanzados por el nuevo régimen. La norma fue promulgada el 9 de marzo de 2026 y entró en vigencia 180 días después de su publicación

Flori consideró que ese límite era más favorable que la pena de 19 años impuesta originalmente. Por eso aplicó el artículo 2 del Código Penal, que establece la aplicación de la ley más benigna cuando una nueva norma entra en vigencia durante el cumplimiento de una condena

El juez también sostuvo que los efectos del cambio legislativo debían aplicarse de pleno derecho y citó tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Más de 16 años de detención

C.D.V. permanecía detenido de manera ininterrumpida desde el 17 de octubre de 2009. Según el cómputo incorporado al expediente, al momento de la resolución había cumplido 16 años, 10 meses y 17 días de prisión

Ese tiempo superaba en más de un año y diez meses el nuevo máximo legal de 15 años

La Fiscalía dictaminó el 2 de septiembre que correspondía aplicar el nuevo límite por resultar más favorable para el condenado. La defensa adhirió a ese planteo

Con ese criterio, el juez declaró extinguida la pena, que aún no era firme, y ordenó la excarcelación. La libertad debía concretarse desde las 12 del 5 de septiembre, siempre que no existiera otra orden de captura o detención vigente

Si hubiera un requerimiento judicial pendiente en otro expediente, C.D.V. debía quedar a disposición del magistrado que hubiera ordenado esa medida

El homicidio de Santiago Urbani

Santiago Urbani fue asesinado durante la madrugada del 10 de octubre de 2009. Cuatro delincuentes lo interceptaron cuando estacionaba su auto y lo obligaron a entrar a su casa de la avenida Liniers al 1900, en Tigre

En la vivienda dormían su madre y su hermana. Los asaltantes reunieron objetos de valor y comenzaron a cargarlos en el vehículo de la víctima

Durante el robo, Urbani fue llevado hasta el cuarto de su hermana y asesinado de un escopetazo en la cabeza

C.D.V. era menor de edad cuando ocurrió el crimen y fue uno de los condenados. Tras casi 17 años de detención, recuperó la libertad por la aplicación retroactiva del nuevo límite de pena para delitos cometidos durante la minoría de edad