La discusión sobre el financiamiento de las obras hidráulicas en la provincia de Buenos Aires vuelve a poner en cuestión la distribución del Impuesto Inmobiliario Rural. El proyecto aprobado permite utilizar durante 180 días hasta el 100% de los fondos asignados a los caminos rurales para ejecutar obras hidráulicas
La medida expone un problema conocido como el de la «frazada corta»: cuando los recursos destinados a una necesidad se utilizan para atender otra, una de las dos áreas queda desfinanciada
Cómo cambió la distribución
La Ley 13.010, sancionada el 19 de diciembre de 2002, establecía que el 50% de la recaudación correspondía a la provincia, con destinos expresos para el mantenimiento vial y las obras hidráulicas. Otro 25% se destinaba al Fondo Compensador de Mantenimiento y Obras Viales, mientras que el 25% restante correspondía a los municipios por la administración del impuesto
El Fondo Compensador se distribuía entre los municipios de acuerdo con los kilómetros de caminos provinciales de tierra
En diciembre de 2005, la Ley 13.403 modificó ese esquema. La participación provincial subió del 50% al 65%, el Fondo Vial bajó del 25% al 12%, se asignó un 3% a programas sociales y saneamiento, y la participación municipal se redujo al 20%
En tres años, el Fondo Vial perdió 13 puntos porcentuales, equivalentes al 52% de su participación original. Además, la asignación provincial dejó de mencionar expresamente el mantenimiento vial y las obras hidráulicas
Dos infraestructuras vinculadas
Las obras hidráulicas son necesarias, pero también lo es conservar los caminos rurales en condiciones de transitabilidad. Ambas infraestructuras forman parte de un mismo sistema: los drenajes, las alcantarillas y la planificación por cuencas resultan fundamentales para proteger la red vial
El problema surge cuando se financia una obra indispensable recortando los recursos de otra igualmente necesaria. En este caso, la alternativa se apoya en un fondo que ya perdió más de la mitad de su participación original
Una propuesta de redistribución
Una eventual modificación de la Ley 13.010 podría restablecer el 25% para el Fondo Compensador Vial, asignar el 52% a la provincia y conservar el 3% para programas sociales y saneamiento y el 20% para los municipios
Ese esquema permitiría recuperar financiamiento vial sin reducir las asignaciones actuales de los programas sociales, el saneamiento y los municipios. También se plantea volver a establecer una asignación expresa para las obras viales e hidráulicas dentro de los recursos provinciales
Las necesidades adicionales de financiamiento hidráulico deberían cubrirse prioritariamente con fondos provinciales de libre disponibilidad
Administración y consecuencias
La recuperación de recursos debería estar acompañada por planes directores viales, planificación hidráulica, participación efectiva de las Comisiones Asesoras Locales previstas por el Decreto 130/07 y publicación de la información sobre los fondos recibidos y las obras ejecutadas
La falta de obras también tiene costos: producción que no puede salir de los campos, mayores gastos logísticos, escuelas inaccesibles y familias expuestas al aislamiento
Los caminos rurales y las obras hidráulicas sostienen una misma infraestructura productiva y social. Por eso, resolver el problema exige recursos suficientes, planificación sostenida y una administración que convierta los fondos asignados en obras
El autor es director de la Sociedad Rural Argentina