El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba confirmó la condena a cuatro años de prisión contra Germán Facchín, exintendente de Deán Funes, por su responsabilidad como instigador en la muerte de 211 perros ocurrida en 2013

La pena había sido dictada por la Cámara 8ª del Crimen. La defensa aún puede presentar un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Si ese planteo no prospera, la sentencia quedará firme y Facchín deberá cumplir la condena

Condenas para cinco empleados municipales

El máximo tribunal cordobés también ratificó las penas contra Diego Oscar Allendes, Juan Santos Márquez, Darío Mercedes Palomeque, Pablo Daniel Palomeque y Roque Enrique Quinteros Nievas. Cada uno recibió tres años de prisión en suspenso

El operativo ocurrió durante la madrugada del 28 de abril de 2013. Empleados de la Municipalidad de Deán Funes distribuyeron en distintos sectores de la ciudad albóndigas de carne con metomil, un veneno de alta toxicidad. Como consecuencia, murieron 211 perros

El recorrido judicial del caso

Facchín había sido absuelto el 26 de julio de 2019 por la Cámara 12ª del Crimen de Córdoba, que resolvió el caso bajo el beneficio de la duda. En marzo de 2020, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia anuló ese fallo y ordenó realizar un nuevo juicio

En 2022, la Cámara 8ª del Crimen condenó al exintendente a cuatro años de prisión. Facchín llegó al debate en libertad y la resolución estableció que continuara en esa condición hasta que la sentencia quedara firme

Los jueces entendieron que su posición dentro de la estructura municipal le permitía disponer de personal y recursos materiales. También consideraron que los inspectores que llevaron adelante el operativo dependían funcionalmente del área bajo su conducción

La intervención directa de los cinco empleados quedó acreditada durante el proceso. La magnitud y la simultaneidad de las acciones fueron tomadas como indicios de una operación organizada

El riesgo para la población y la protección de los animales

El querellante Pedro Despouy Santoro sostuvo que el municipio respondió a la superpoblación de animales con un plan destinado a exterminar a los perros que circulaban por la vía pública

El abogado también afirmó que el operativo provocó la intoxicación de un niño, quien debió ser trasladado de urgencia a Córdoba. Según su planteo, la manipulación descontrolada del veneno en el espacio urbano representó un riesgo grave para la salud de los habitantes

En la sentencia de 2022, el tribunal analizó además el alcance de la Ley 14.346. Consideró que la norma protege la integridad física y psíquica de los animales, a los que reconoció como seres sintientes capaces de experimentar dolor y placer