Las familias migrantes que viven en Nueva York y cumplen determinadas condiciones pueden solicitar un crédito fiscal federal por gastos de adopción. Para el año tributario 2026, el beneficio llega hasta US$17.670 por cada hijo calificado

Cuando una familia adopta a dos niños y reúne los requisitos establecidos, el crédito acumulado puede alcanzar los US$35.340

Qué gastos contempla el crédito por adopción

El beneficio puede aplicarse a distintos costos vinculados con el proceso de adopción, como honorarios legales, tarifas de agencias, procedimientos judiciales, estudios del hogar y determinados gastos de viaje

El monto máximo aumentó frente al límite de US$17.280 vigente para el año tributario 2025

Además, hasta US$5.120 por hijo puede tener carácter reembolsable durante 2026. Por esa razón, una familia que adopte a dos niños podría recibir hasta US$10.240 en la parte reembolsable, siempre que cumpla las demás condiciones

Ingresos y adopciones de niños con necesidades especiales

El crédito comienza a reducirse cuando el ingreso bruto ajustado modificado supera los US$265.080. A partir de los US$305.080, deja de estar disponible

En el caso de menores declarados oficialmente como niños con necesidades especiales, es posible reclamar el importe completo sin demostrar gastos calificados

A diferencia de una deducción, que reduce el ingreso sujeto a impuestos, el crédito se descuenta directamente de la obligación tributaria. Si corresponde, también puede generar un reembolso

Para solicitarlo, los contribuyentes deben completar el formulario 8839 al presentar su declaración federal

Qué migrantes podrían acceder a la parte reembolsable

El IRS y el Departamento del Tesoro propusieron reglas nuevas para determinar quiénes podrían recibir la parte reembolsable de ciertos créditos. La propuesta todavía no fue definida oficialmente

El criterio se vincula con la categoría de “extranjero calificado” prevista en la Personal Responsibility and Work Opportunity Reconciliation Act of 1996, conocida como Prwora

Entre las personas que podrían quedar comprendidas se encuentran

  • Residentes permanentes legales.
  • Personas a quienes se concedió asilo.
  • Refugiados.
  • Determinados beneficiarios de parole por un período de al menos un año.
  • Algunos inmigrantes cuya deportación o expulsión fue retenida.
  • Personas con determinadas formas de entrada condicional.
  • Entrantes cubanos o haitianos.
  • Residentes legales de países asociados mediante un Pacto de Libre Asociación.

El estatus migratorio sería determinante para acceder a la parte reembolsable si la propuesta entra en vigor. Sin embargo, quienes no integren esas categorías no necesariamente perderían todo el beneficio

En ese caso, podrían utilizar la porción no reembolsable para reducir los impuestos federales adeudados y trasladar durante un plazo de hasta cinco años el saldo que no hayan utilizado

También aumentan las deducciones estándar para 2026

Para el año tributario 2026, las deducciones estándar también registran incrementos

  • Las parejas casadas que presentan una declaración conjunta podrán deducir US$32.200, frente a los US$31.500 de 2025.
  • Las personas solteras y las casadas que declaran por separado tendrán una deducción de US$16.100, frente a los US$15.750 del año anterior.
  • Los contribuyentes considerados cabeza de familia podrán deducir US$24.150, frente a los US$23.625 de 2025.