La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó una condena contra distintas entidades del fútbol argentino y desestimó el reclamo de un espectador que había pedido una indemnización por un supuesto incidente en una cancha de la provincia de Buenos Aires

El hecho que llegó a juicio

El episodio se habría producido en noviembre de 2018, durante un partido disputado en el estadio de un club de Primera División. El demandante sostuvo que sufrió una avalancha en la popular, cayó por varios escalones y quedó con lesiones físicas, además de una pérdida momentánea del conocimiento

La demanda alcanzó a la AFA, a la entonces Superliga profesional, al club local y a la aseguradora. En primera instancia, el juez había dado por acreditada la versión del espectador y fijado una condena de $4.950.000, más intereses y costas

La revisión en segunda instancia

Al revisar el caso, la Sala I consideró que la obligación de seguridad de los organizadores de espectáculos deportivos existe, pero aclaró que eso no libera al reclamante de probar el hecho denunciado y el vínculo causal con el daño

Para el tribunal, ese punto central no quedó demostrado. Las demandadas negaron que el espectador hubiera ingresado al estadio, cuestionaron la autenticidad de la entrada presentada y remarcaron que no había registros del episodio, ni constancias de atención en el lugar, ni denuncia policial

Prueba insuficiente

La Cámara analizó la declaración del único testigo ofrecido por el demandante y concluyó que no alcanzaba para sostener la versión del accidente. También señaló que no se aportaron otras testimoniales, ni la documentación del traslado en ambulancia, ni registros clínicos del hospital mencionado

Los certificados médicos acompañados tampoco precisaban el alcance de las lesiones ni vinculaban la atención con el partido. En el mismo sentido, los peritajes médico y psicológico quedaron apoyados en el relato del reclamante y no lograron establecer con claridad que el daño proviniera de la supuesta avalancha

El fallo final

La Cámara sostuvo que la relación de causalidad es indispensable para que prospere una responsabilidad civil, incluso cuando se trata de un supuesto de responsabilidad objetiva. Como no encontró elementos objetivos y concordantes que sostuvieran la demanda, resolvió revocar la sentencia de primera instancia y rechazar el reclamo en todas sus partes

Además, impuso las costas de ambas instancias al demandante, en su condición de parte vencida