El formulario I-485, usado por ciertos extranjeros que están en Estados Unidos y buscan la residencia permanente, ya puede tramitarse por internet en determinados supuestos. Sin embargo, la opción digital no aplica para todos los casos

La disponibilidad del trámite depende de quién presenta la solicitud y de la petición migratoria que la acompaña. Abogados y representantes autorizados pueden cargar el I-485 en línea junto con una petición I-130 o I-140. También lo pueden hacer quienes presentan por su cuenta una I-140 como trabajadores extranjeros, siempre que ambos formularios se envíen de manera simultánea

Quiénes deben seguir otro camino

Cuando el I-485 lo presenta directamente el solicitante, pero no se trata de un autopeticionario de una I-140, el procedimiento cambia. En esos casos, primero debe presentarse la I-130 o I-140 desde la cuenta del patrocinador. Solo después de confirmada esa recepción, el solicitante puede avanzar con el I-485 en línea si cumple el resto de los requisitos

El sistema permite adjuntar varios documentos en formato PDF, entre ellos el G-28 en casos con representación legal, las peticiones I-130, I-131 e I-140, los suplementos A y J del I-485, el examen médico I-693, el permiso de trabajo I-765 y el formulario I-864 de patrocinio económico

Hay una excepción para los I-485 pendientes con número de recibo que comienza con IOE. En esos expedientes, los suplementos A y J pueden enviarse más adelante como solicitudes separadas por internet

El examen médico y el permiso de trabajo

El I-693 requiere una atención especial. Si debe presentarse junto con el I-485 digital, el sobre entregado por el profesional certificado debe abrirse, escanearse y subirse a la plataforma. Los originales y el sobre deben conservarse porque pueden ser solicitados más adelante

En cambio, quienes pidan un permiso de trabajo con el I-765 bajo la categoría (c)(9) y pertenezcan a una categoría exenta de tarifa no deben usar la carga de archivos del trámite online. En esos casos, el formulario debe enviarse por correo para no perder la posibilidad de pedir la exención correspondiente

Fecha clave y acceso a la cuenta

La nueva edición del I-485 tiene una fecha decisiva: desde el 18 de septiembre, las versiones anteriores serán rechazadas. Por eso, antes de presentar la solicitud conviene verificar que se esté usando la edición vigente

El trámite puede hacerse por correo postal o, cuando el caso lo permita, desde una cuenta individual en myUscis. Cada solicitante debe tener su propio acceso y no compartir credenciales con terceros. En el caso de menores de 14 años, la cuenta debe ser creada y administrada por el padre, la madre o el tutor legal

Cómo se registra el usuario

El proceso empieza con un correo electrónico personal y activo. Después hay que confirmarlo, aceptar los términos de uso, crear una contraseña segura y activar la verificación en dos pasos mediante aplicación, correo o SMS. Para esta última opción se requiere un número de celular de Estados Unidos

Luego se genera un código de respaldo permanente que debe guardarse en un lugar seguro. Finalmente, el usuario responde preguntas de recuperación y elige el tipo de cuenta: solicitante, peticionario o representante legal