El aumento de la Unidad Fija (UF) porteña llevó a más de $4 millones la multa máxima por exceso de velocidad en la Ciudad de Buenos Aires. Desde el 2 de septiembre, cada UF cuesta $1.173,08

Las sanciones por esta infracción parten de 150 UF y pueden llegar hasta 4000 UF, un tope superior al previsto para algunas situaciones de conducción bajo los efectos del alcohol

Cuánto cuesta cada infracción

La penalidad más elevada se aplica cuando el vehículo circula a más de 140 km/h. En esos casos, la multa va de 400 a 4000 UF, equivalentes a entre $469.232 y $4.692.320

En las vías rápidas, superar el límite en más de 40 km/h, sin exceder los 140 km/h, implica una sanción de 250 UF, es decir, $293.270

En calles y avenidas, superar en más de 20 km/h la velocidad permitida, hasta los 140 km/h, representa una multa de 500 UF, equivalente a $586.540

Cuando el exceso es de hasta 40 km/h en vías rápidas o de hasta 20 km/h en calles y avenidas, la sanción alcanza las 150 UF, por un total de $175.962

En la Ciudad, las autopistas tienen las velocidades máximas permitidas más altas, aunque ninguna de sus trazas supera los 100 km/h. Por eso, el importe final depende del tipo de arteria y de cuánto se haya superado el límite

Comparación con las multas por alcoholemia

Las multas por exceso de velocidad también pueden superar a las correspondientes a la conducción bajo los efectos del alcohol

Para una alcoholemia de entre 0,5 gr/l y 1 gr/l, la sanción va de 150 a 1000 UF, es decir, de $175.962 a $1.173.080

Cuando el resultado supera 1 gr/l, la multa puede llegar a 2000 UF, equivalentes a $2.346.160, además de otras penalidades

Cómo consultar una infracción

Las multas pueden revisarse en el sitio oficial “Consulta de infracciones de tránsito y scoring”. La búsqueda se realiza con el dominio del vehículo o el DNI y no requiere registración previa

Otra alternativa es utilizar Boti, el chatbot de la Ciudad disponible por WhatsApp. Para consultar, hay que agendar el número +54 9 11 5050-0147, ingresar a la opción “infracciones” y elegir la búsqueda mediante patente o DNI. Luego se debe aceptar el aviso legal para acceder al resultado

Cuándo prescriben las faltas

El artículo 89 de la Ley N° 24.449 establece reglas generales para la prescripción de las infracciones, aunque cada jurisdicción puede fijar sus propios criterios

En la Ciudad de Buenos Aires, todas las faltas prescriben a los cinco años desde la fecha en que fueron cometidas, sin importar su gravedad