El aumento de la Unidad Fija (UF) porteña llevó a más de $4 millones la multa máxima por exceso de velocidad en la Ciudad de Buenos Aires. Desde el 2 de septiembre, cada UF cuesta $1.173,08
Las sanciones por esta infracción parten de 150 UF y pueden llegar hasta 4000 UF, un tope superior al previsto para algunas situaciones de conducción bajo los efectos del alcohol
Cuánto cuesta cada infracción
La penalidad más elevada se aplica cuando el vehículo circula a más de 140 km/h. En esos casos, la multa va de 400 a 4000 UF, equivalentes a entre $469.232 y $4.692.320
En las vías rápidas, superar el límite en más de 40 km/h, sin exceder los 140 km/h, implica una sanción de 250 UF, es decir, $293.270
En calles y avenidas, superar en más de 20 km/h la velocidad permitida, hasta los 140 km/h, representa una multa de 500 UF, equivalente a $586.540
Cuando el exceso es de hasta 40 km/h en vías rápidas o de hasta 20 km/h en calles y avenidas, la sanción alcanza las 150 UF, por un total de $175.962
En la Ciudad, las autopistas tienen las velocidades máximas permitidas más altas, aunque ninguna de sus trazas supera los 100 km/h. Por eso, el importe final depende del tipo de arteria y de cuánto se haya superado el límite
Comparación con las multas por alcoholemia
Las multas por exceso de velocidad también pueden superar a las correspondientes a la conducción bajo los efectos del alcohol
Para una alcoholemia de entre 0,5 gr/l y 1 gr/l, la sanción va de 150 a 1000 UF, es decir, de $175.962 a $1.173.080
Cuando el resultado supera 1 gr/l, la multa puede llegar a 2000 UF, equivalentes a $2.346.160, además de otras penalidades
Cómo consultar una infracción
Las multas pueden revisarse en el sitio oficial “Consulta de infracciones de tránsito y scoring”. La búsqueda se realiza con el dominio del vehículo o el DNI y no requiere registración previa
Otra alternativa es utilizar Boti, el chatbot de la Ciudad disponible por WhatsApp. Para consultar, hay que agendar el número +54 9 11 5050-0147, ingresar a la opción “infracciones” y elegir la búsqueda mediante patente o DNI. Luego se debe aceptar el aviso legal para acceder al resultado
Cuándo prescriben las faltas
El artículo 89 de la Ley N° 24.449 establece reglas generales para la prescripción de las infracciones, aunque cada jurisdicción puede fijar sus propios criterios
En la Ciudad de Buenos Aires, todas las faltas prescriben a los cinco años desde la fecha en que fueron cometidas, sin importar su gravedad