Tras la condena a ocho años de prisión efectiva para el dueño de dos dogos que atacaron y mataron a una adolescente en Córdoba, diputados nacionales presentaron un proyecto para modificar las reglas de tenencia de perros potencialmente peligrosos

La iniciativa propone castigar a los responsables cuando un animal cause lesiones o la muerte de una persona. También contempla sanciones cuando la conducta del propietario genere una situación de riesgo, aunque no haya víctimas

Penas más altas ante ataques y situaciones de riesgo

El proyecto incorpora un régimen especial complementario del Código Penal. Para el homicidio culposo provocado por un perro potencialmente peligroso, prevé entre tres y ocho años de prisión y una inhabilitación de cinco a diez años para tener animales de ese tipo

La pena podría aumentar a entre cuatro y ocho años si el perro circulaba sin bozal o sin los elementos de sujeción exigidos, carecía del seguro obligatorio, tenía antecedentes formales de agresión o la víctima era menor de 14 años, mayor de 70 o una persona con discapacidad física o motriz

Para las lesiones graves contempladas en los artículos 90 y 91 del Código Penal, el proyecto establece penas de uno a cuatro años de prisión. En presencia de esas agravantes, la escala subiría a entre dos y cinco años

Además, se crea la figura de peligro abstracto. El propietario o guardián podría recibir entre seis meses y dos años de prisión si deja al animal suelto en la vía pública o en un espacio público sin las medidas de seguridad correspondientes, o si por fallas en los cerramientos facilita su escape y genera una situación peligrosa

Una definición que no depende solo de la raza

La propuesta, firmada por Juan Schiaretti, Alejandra Torres y Carlos Gutiérrez, busca unificar el criterio para determinar qué animales quedan alcanzados por el régimen

El texto considera los antecedentes comprobados de agresiones, ataques o mordeduras, el adiestramiento para defensa o ataque y ciertas características físicas. Como referencia, menciona animales de más de 20 kilos, con un perímetro torácico de entre 60 y 80 centímetros, cuello corto y ancho, estructura ósea robusta, musculatura marcada y mandíbula ancha con boca profunda

La raza, tipología o cruza no podría ser el único criterio de clasificación. Cualquier modificación de las categorías debería apoyarse en informes técnicos del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), con participación previa de entidades especializadas en materia cinológica y veterinaria

Registro, licencia y trazabilidad

El proyecto plantea crear un Registro Nacional de Perros Potencialmente Peligrosos, interoperable con las bases provinciales y municipales. La tenencia quedaría sujeta a una licencia administrativa

Los responsables deberán ser mayores de edad, presentar un certificado de aptitud psicológica y no registrar antecedentes penales por delitos contra las personas ni por infracciones a la ley de maltrato animal

Cada perro deberá contar con un microchip subcutáneo colocado antes de cumplir cuatro meses o dentro de los 30 días posteriores a su adquisición. La transferencia, venta, pérdida, robo o muerte del animal deberá informarse al registro dentro de las 48 horas

También deberán inscribirse y obtener autorización los establecimientos dedicados a la cría, explotación o comercialización de estos perros. El objetivo es identificar al animal, conocer su ubicación y determinar quién tenía a su cargo la custodia en caso de un ataque

Bozal, cerramientos y seguro obligatorio

En la vía pública, los perros deberán llevar bozal tipo canasta y estar sujetos con una correa, cadena o pretal resistente e inextensible de hasta 1,50 metros. Una misma persona no podrá pasear más de un ejemplar al mismo tiempo

Las viviendas deberán contar con cerramientos ciegos o vallados estructurales de al menos dos metros de altura, mecanismos de cierre inaccesibles desde el exterior y carteles visibles que adviertan sobre la presencia del animal

Además, los propietarios o guardianes tendrán que mantener una póliza vigente para cubrir daños materiales y corporales, secuelas incapacitantes y muerte. La Superintendencia de Seguros de la Nación fijaría la cobertura mínima y las condiciones técnicas. Sin seguro, no se podría obtener la licencia

Multas vinculadas al precio del combustible

Para evitar que las sanciones pierdan valor frente a la inflación, la iniciativa crea la Unidad de Multa Canina (UMC). Su importe estaría atado al precio de diez litros de nafta súper de YPF en la jurisdicción donde se cometa la infracción

Los autores sostienen que la responsabilidad penal corresponde a la persona obligada a custodiar al animal, cuando por negligencia, imprudencia, impericia o incumplimiento de sus deberes permite que ocurra un ataque

Si el proyecto se convierte en ley, la norma comenzaría a regir 180 días después de su publicación. Desde entonces, los actuales tenedores contarían con otros 180 días para colocar los microchips, tramitar las licencias y contratar los seguros