El teletrabajo se ha consolidado como una vía para conciliar empleo y cuidados, pero no es una opción que pueda exigirse de forma automática. La ley fija requisitos concretos y obliga a la empresa a valorar cada caso antes de responder
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra volvió a poner el foco en ese procedimiento al reconocer el derecho de una trabajadora a desempeñar su jornada al 100% desde casa después de que su empresa rechazara varias veces su petición
Un caso de cuidado familiar que terminó en los tribunales
La empleada necesitaba atender a su madre, que tenía reconocido un grado de discapacidad del 65% y padecía Alzheimer. Ante esa situación, pidió trabajar a distancia, pero la compañía denegó la solicitud en varias ocasiones
La trabajadora acabó demandando y la justicia le dio la razón, obligando a la empresa a concederle el teletrabajo completo. La resolución, dictada en junio de 2026, se apoyó tanto en las circunstancias familiares como en el modo en que se tramitó la petición
Quién puede pedir esta adaptación
La normativa permite solicitar adaptaciones de jornada, horario y forma de trabajo, incluida la modalidad a distancia, cuando existan necesidades de conciliación. En el caso de familiares hasta segundo grado de consanguinidad, la ley contempla a padres, hijos, hermanos y abuelos
También pueden pedirla quienes tengan a su cargo un hijo menor de 12 años. En los supuestos de familiares dependientes, deben existir necesidades de cuidado derivadas de la edad, un accidente o una enfermedad que impidan valerse por sí mismos
Esto no convierte el teletrabajo en un derecho automático. La petición debe ser razonable y proporcionada, tanto para la persona trabajadora como para la organización de la empresa
Además, cuando se trata de un familiar dependiente hasta segundo grado, la norma no exige convivencia en el mismo domicilio
La negociación, una obligación clave
El otro punto decisivo fue el procedimiento. Tras recibir la solicitud, la empresa tiene un plazo de quince días para abrir una negociación y responder con argumentos objetivos si acepta, rechaza o propone una alternativa
En este caso, la compañía pidió documentación sobre la situación de la madre y sobre la condición de cuidadora de la empleada, pero luego comunicó verbalmente la negativa. La alternativa de cambiar de departamento y apartarla del cliente que exigía presencialidad llegó más tarde, ya durante el juicio
El tribunal entendió que no se había respetado el trámite de negociación previsto por la ley y por eso reconoció el derecho al teletrabajo durante toda la jornada. Sin embargo, rechazó las indemnizaciones solicitadas por daños morales y por vulneración de derechos fundamentales