El 16 de septiembre es día de descanso obligatorio para quienes laboran bajo la Ley Federal del Trabajo. Si un patrón pide trabajar esa fecha, el pago debe ser triple: salario normal más dos salarios adicionales por la jornada

Quiénes tienen este derecho

La regla aplica para trabajadores del sector privado, incluidos obreros, trabajadoras del hogar, personas jornaleras y cualquier persona que preste un servicio subordinado. Si son enviados a laborar ese día, el pago extra es obligatorio

En el sector público operan disposiciones distintas, porque sus relaciones laborales se rigen por una ley específica para trabajadores al servicio del Estado

Cómo se calcula el pago

El monto no es un bono ni una prestación voluntaria. Se integra por tres partes: el salario diario ordinario y un doble adicional por haber trabajado en un día festivo obligatorio. En conjunto, equivalen a tres salarios por esa sola jornada

El 15 de septiembre no se paga doble

Aunque la noche del 15 concentra los festejos patrios, esa fecha no está considerada como descanso obligatorio. Quien trabaje ese día recibe su salario normal, sin recargo ni prima especial

Si una empresa decide dar libre el 15, lo hace por política interna, contrato colectivo o acuerdo con el trabajador, no por mandato legal

Las otras fechas con pago triple en 2026

Además del 16 de septiembre, la ley contempla otros descansos obligatorios antes de cerrar el año: el tercer lunes de noviembre, que en 2026 cae el 16 de noviembre, y el 25 de diciembre. Si se laboran, también deben pagarse al triple

Qué hacer si no respetan el pago

Si el patrón no cubre la jornada conforme a la ley, el trabajador puede solicitar asesoría, conciliación y representación jurídica gratuita ante la Profedet. El reclamo por días de descanso obligatorio puede presentarse dentro del plazo de un año