La Justicia bonaerense ordenó indemnizar a una estudiante que sufrió quemaduras durante una clase de química en una escuela pública del oeste del Gran Buenos Aires. La sentencia responsabilizó a la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia, a la docente a cargo y a la aseguradora interviniente

El hecho ocurrió el 10 de julio de 2017, cuando el curso realizaba un experimento conocido como “serpiente negra”. Según quedó acreditado en la causa, la profesora volvió a colocar alcohol sobre materiales que seguían encendidos, lo que provocó una combustión repentina. La descarga alcanzó a la alumna, que tenía 17 años, y también a un compañero

La joven sufrió lesiones en el rostro y en la cabeza, mientras que el otro estudiante resultó quemado en la cara y el pecho. En el expediente se incorporaron testimonios, informes médicos y pericias que describieron el episodio y sus consecuencias

Fallas de seguridad en el laboratorio

La demanda sostuvo que el laboratorio no contaba con elementos básicos de prevención, como extintores, mantas ignífugas y botiquín de primeros auxilios. También afirmó que los alumnos no tenían protección adecuada y que la supervisión fue insuficiente durante la práctica

Además, se señaló que la asistencia médica llegó con demora y que la docente salió del colegio para buscar una crema, mientras los estudiantes quedaron bajo cuidado de otros adultos hasta la llegada de sus familias y el traslado a un hospital de la zona

La respuesta del tribunal

El juzgado en lo Contencioso Administrativo N.° 1 de Morón descartó el planteo de caso fortuito. Consideró que el uso de materiales inflamables en una clase de laboratorio implica un riesgo previsible y que debían extremarse los recaudos

La sentencia también sostuvo que el régimen vigente impone responsabilidad objetiva al titular del establecimiento educativo por los daños sufridos por alumnos menores de edad bajo su custodia. En ese marco, entendió que no se probó una causa que liberara de responsabilidad a la provincia

Respecto de la docente, el fallo concluyó que hubo incumplimiento del deber de cuidado al no adoptar las medidas preventivas necesarias. En cambio, rechazó la responsabilidad de la vicedirectora por no haberse acreditado una intervención directa en el hecho

Montos reconocidos

La pericia médica determinó que la estudiante no tenía secuelas físicas ni incapacidad derivada del accidente. Sin embargo, la evaluación psicológica estableció una incapacidad leve del 10% y recomendó tratamiento psicoterapéutico

Por eso, la condena fijó $4 millones por incapacidad psíquica, $1.162.200 por tratamiento psicológico futuro, $2 millones por daño moral y $100 mil por gastos médicos y traslados. Las sumas deberán abonarse una vez firme la liquidación, con intereses y actualización por IPC

La aseguradora responderá hasta el límite de cobertura de la póliza, aunque el tribunal actualizó ese valor desde la fecha del hecho hasta la sentencia para preservar el poder resarcitorio