La Corte de Apelaciones del Primer Circuito de Estados Unidos bloqueó la política que permitía al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) deportar migrantes hacia países distintos de aquellos de los que son originarios sin una notificación previa

El fallo ratificó una decisión de primera instancia que consideró inválidos esos procedimientos cuando la persona no conoce con anticipación cuál será su destino final

Una audiencia antes del traslado

La resolución obliga a las autoridades federales a informar el país receptor y a ofrecer una oportunidad efectiva para que los migrantes planteen objeciones sobre los riesgos que podrían enfrentar allí

Los jueces consideraron que enviar a una persona sin comunicarle el destino vulnera las garantías del debido proceso. Además, disolvieron la suspensión temporal que permitía mantener estos traslados mientras continuaban las disputas judiciales

El Departamento de Seguridad Nacional deberá establecer un canal formal para recibir los temores y argumentos de los ciudadanos extranjeros antes del abordaje. La exigencia alcanza a todos los procedimientos de deportación hacia terceros países

Qué riesgos pueden alegar los migrantes

Las personas con órdenes de expulsión podrán presentar argumentos si consideran que el país asignado representa una amenaza para su integridad física. Entre los posibles motivos figuran el temor a torturas, persecución o violencia

También podrán recurrir legalmente cuando no reciban información oportuna sobre el destino. La falta de notificación permitirá impugnar la orden de traslado ante las autoridades correspondientes

La protección incluye a quienes adviertan un peligro inminente en países donde no tienen familiares ni redes de apoyo. Los recursos podrán suspender los vuelos hasta que un funcionario analice el nivel de riesgo y la persona podrá aportar pruebas sobre las amenazas específicas

El caso del ciudadano peruano enviado a Ghana

El conflicto llegó a los tribunales después de que el ICE intentara deportar a Ghana a un ciudadano peruano. En los documentos judiciales, los agentes lo identificaron como “John Doe”

La agencia sostuvo que podía realizar el traslado porque la Corte de Apelaciones todavía no había emitido formalmente el mandato para suspenderlo. Sin embargo, los abogados del migrante presentaron un recurso para impedir la expulsión

Al analizar el alcance de la resolución anterior, el tribunal confirmó de inmediato la disolución de la suspensión. De ese modo, evitó que el ciudadano peruano fuera enviado a Ghana sin una audiencia previa sobre los riesgos que podía enfrentar en ese país