El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis) sumó la categoría (c)(40) a la tabla de vigencias del Documento de Autorización de Empleo (EAD)
La medida está dirigida a personas que tienen pendiente una petición de buena fe para obtener el estatus de no inmigrante T mediante el Formulario I-914
Quiénes pueden acceder a la categoría (c)(40)
La disposición fue incorporada al Manual de Políticas, actualizado el 2 de octubre. El EAD inicial y su renovación pueden tener una vigencia máxima de cuatro años
Ese período representa el límite permitido, pero no implica que todos los documentos sean emitidos por ese plazo
Documentación que puede solicitar Uscis
Entre las pruebas posibles figuran la visa, el Formulario I-94, que registra la llegada y salida del país, y el Formulario I-797, relacionado con el trámite migratorio pendiente
La categoría debe indicarse en el Formulario I-765. Si el solicitante no la especifica, Uscis puede enviar una solicitud de evidencia adicional, conocida como RFE
Cómo se determina la vigencia del permiso
Cuando la duración se establece en años, el organismo emite el documento por el período autorizado menos un día. La vigencia inicial comienza en la fecha de aprobación
Si la autorización depende del período de admisión o del estatus migratorio, el EAD puede quedar limitado a ese lapso
Alcance de la aprobación y opciones ante una denegación
La aprobación del Formulario I-765 solo permite trabajar y no concede un estatus migratorio
La denegación no admite apelación, aunque el solicitante puede pedir que el caso sea reabierto o reconsiderado. Para ello, puede presentar una moción mediante el Formulario I-290B dentro de los 30 días posteriores a la decisión, o de 33 días si la notificación fue recibida por correo
Otra alternativa consiste en presentar nuevamente la solicitud, siempre que pueda demostrar que cumple con los requisitos establecidos
Pasos para solicitar el EAD
La categoría (c)(40) está disponible para quienes ya presentaron el Formulario I-914 y aguardan una respuesta. El permiso de trabajo se solicita mediante el Formulario I-765
Antes de aprobar el trámite, Uscis verifica que la presentación esté completa y que se haya abonado la tarifa correspondiente. También es conveniente incluir desde el comienzo el I-94, la visa si corresponde y el I-797 del proceso pendiente
Para las solicitudes de renovación presentadas desde el 30 de octubre de 2025, Uscis no extiende automáticamente la vigencia del EAD. Por ese motivo, se recomienda iniciar el trámite con anticipación