El expediente que involucra al abogado Guillermo Martín Moncayo von Hase volvió a instalar una discusión central del sistema penal: cuánto puede sostenerse una prisión preventiva sin condena firme y bajo qué estándares debe revisarse una causa de esta naturaleza

Una detención que se prolonga

Moncayo fue denunciado en 2022 por presuntos delitos contra la integridad sexual en el ámbito familiar y permanece detenido desde marzo de ese año. Según el planteo de sus defensores, la privación de libertad se extendió durante 54 meses sin que exista una condena firme vigente

El caso atravesó un juicio oral señalado por distintas irregularidades procesales, entre ellas cuestionamientos en las acusaciones, rechazo de pruebas relevantes para la defensa, presiones sobre el jurado e instrucciones discutidas para definir el veredicto

La condena anulada y el nuevo conflicto

En 2024 hubo una condena, pero a fines de 2025 esa decisión fue anulada a partir de un recurso presentado por la defensa. El tribunal admitió fallas en la actuación acusatoria, aunque después de esa anulación se rechazó su excarcelación, lo que mantuvo su detención preventiva

La situación genera tensión con el principio de inocencia y con las normas constitucionales y del sistema interamericano de derechos humanos, que exigen que toda prisión preventiva sea excepcional, esté justificada y no se prolongue por un lapso irrazonable

Las dudas sobre el origen del caso

El expediente también quedó rodeado de sospechas sobre una posible denuncia infundada en el marco de un divorcio, una hipótesis que suma gravedad institucional al conflicto judicial

La organización civil Proyecto Inocencia Argentina sigue el caso y lo incluye entre las causas que considera prioritarias por la posibilidad de una condena errónea

El debate de fondo

Más allá de este expediente, el caso expone una tensión recurrente en el fuero penal: la necesidad de proteger a denunciantes en causas sensibles sin convertir la prisión preventiva en una pena anticipada. El desafío judicial, en ese marco, sigue siendo aplicar perspectiva de género e infancia sin debilitar las garantías procesales básicas