El Poder Ejecutivo oficializó este viernes por la noche una flexibilización en el régimen de créditos en dólares. La medida habilita a los bancos a canalizar una parte de los depósitos en moneda extranjera hacia el financiamiento de empresas
La disposición quedó establecida en el DNU 736/2026, publicado por la noche en el Boletín Oficial. Según el texto, los depósitos en moneda extranjera podrán constituirse en cuentas a la vista y a plazo
Los fondos obtenidos por esa vía podrán usarse exclusivamente para financiar a prestatarios con ingresos habituales vinculados, de forma directa o indirecta, a operaciones de comercio exterior y actividades relacionadas. También alcanzarán a otras personas jurídicas, de acuerdo con la normativa que dicte el Banco Central
La medida se enmarca en el anuncio previo del ministro de Economía, Luis Caputo, y amplía las posibilidades de crédito en dólares para compañías, incluidas aquellas que generan sus ingresos en pesos