El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) alertó sobre una modalidad de estafa dirigida a personas que buscan obtener una visa, una green card o un permiso de trabajo (EAD)
La maniobra consiste en ofrecer un supuesto acceso privilegiado a las autoridades o prometer una aceleración del trámite a cambio del pago de una tarifa
Las promesas que deben generar desconfianza
La advertencia fue difundida por el Uscis el 18 de septiembre. La agencia señaló que algunas empresas y sitios web se presentan como expertos en inmigración o aseguran tener contactos especiales dentro del gobierno
Sin embargo, ninguna persona u organización privada puede garantizar un resultado migratorio ni lograr que una solicitud avance más rápido mediante supuestas conexiones con funcionarios
El Uscis cuenta con mecanismos oficiales de procesamiento acelerado para determinados pedidos. La existencia de estos procedimientos no implica que un intermediario pueda obtener un beneficio por fuera de las vías establecidas
Qué señales conviene identificar
Las garantías de aprobación también constituyen una señal de alerta. La posibilidad de obtener un beneficio migratorio depende de los requisitos correspondientes a cada solicitud, y contratar a alguien que se autodenomine especialista no modifica esas condiciones
La agencia recomienda consultar los sitios oficiales del gobierno, verificar las credenciales de quienes ofrecen asesoramiento y no entregar documentos originales cuando no sean necesarios
Además, no todas las personas que brindan servicios migratorios están autorizadas para ofrecer asesoramiento jurídico o representación legal. Presentarse como “experto en inmigración” no constituye, por sí solo, una acreditación profesional
Quiénes pueden representar a los solicitantes
Los solicitantes pueden completar y presentar sus propios formularios ante el Uscis sin contratar a un representante
Cuando se necesita asesoramiento o representación, pueden intervenir abogados con licencia vigente y habilitados para ejercer, así como representantes acreditados que trabajan para organizaciones reconocidas por el Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés)
Los representantes acreditados que no son abogados deben trabajar para una organización reconocida por el DOJ. El alcance de su acreditación determina ante qué organismos pueden actuar: algunos solo pueden hacerlo ante el Uscis, mientras que aquellos con acreditación completa también pueden representar a personas ante los tribunales de inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración
En cambio, los consultores migratorios, preparadores de documentos y “notarios” que no cuentan con la autorización correspondiente no pueden brindar asesoramiento jurídico ni representar a una persona ante los tribunales de inmigración
Antes de pagar por asistencia migratoria, es recomendable comprobar las credenciales del profesional o representante y consultar los registros oficiales. Los tiempos de procesamiento varían según el tipo de solicitud y sus circunstancias; para conocerlos, el Uscis dispone de una herramienta oficial organizada por formulario y categoría