Desde el 1° de agosto, los propietarios del área metropolitana de Los Ángeles podrán aplicar aumentos de alquiler de hasta 8,7%. El nuevo techo reemplaza el límite de 8% que estuvo vigente durante los últimos 12 meses
La actualización surge de la fórmula que combina una tasa base obligatoria del 5% con una variación del Índice de Precios al Consumidor del 3,7%. Las autoridades locales señalaron que los dueños deberán adecuar sus avisos y contratos a este tope para evitar cobros por encima de lo permitido
Qué establece la norma estatal
El aumento está respaldado por la AB 1482, la ley de protección al inquilino de California, que fija un límite anual de suba de hasta 5% más la inflación local. Además, establece un máximo absoluto de 10% para cualquier incremento dentro de un mismo año
La norma también prohíbe desalojos sin causa justa después de 12 meses de ocupación continua, exige asistencia de reubicación equivalente a un mes de renta en determinados desalojos sin culpa del residente y obliga a notificar por escrito cualquier aumento antes de aplicarlo. En un lapso de 12 meses, no pueden realizarse más de dos incrementos. Estas reglas rigen hasta el 1° de enero de 2030
Las viviendas que quedan fuera
No todas las propiedades están alcanzadas por este esquema. Quedan excluidas las viviendas con certificado de ocupación emitido en los últimos 15 años. Tampoco se incluye a las residencias unifamiliares cuyos dueños sean personas físicas o fideicomisos que no funcionen como sociedades comerciales
En los casos en que corresponda, los propietarios deben informar por escrito a los inquilinos que la vivienda está exenta de los topes
Plazos de aviso
Los arrendadores también deben respetar plazos de notificación según el tamaño del aumento. Si la suba es menor al 10%, el aviso debe entregarse con al menos 30 días de anticipación. Si supera el 10%, el plazo mínimo es de 90 días
Si esos requisitos no se cumplen, el ajuste en el alquiler queda sin efecto