La Justicia de Córdoba confirmó la condena contra una mujer que deberá indemnizar a su expareja por difundir en redes sociales y medios de comunicación que había abandonado a un hijo durante el embarazo, una acusación que luego quedó desmentida por un estudio genético
El Juzgado Civil, Comercial y de Familia de 3° Nominación de Río Cuarto fijó una reparación de $1.828.000, más intereses, a favor de Hernán Ontivero, exparticipante de Gran Hermano, por daño moral y psicológico. Además, ordenó que la sentencia sea publicada una vez que quede firme
La difusión y sus efectos
La jueza Carolina López sostuvo que las expresiones publicadas en X fueron replicadas de manera amplia por la exposición pública del demandante, que en ese momento participaba del programa televisivo y se encontraba aislado, sin acceso a teléfonos ni a medios para responder
Según el fallo, la mujer excedió los límites de la libertad de expresión al atribuirle la condición de padre “abandónico”, una acusación que afectó el honor, la imagen y la intimidad de Ontivero. La resolución también valoró que la demandada atravesaba un embarazo y actuó con negligencia, aunque consideró que eso no justificaba el daño provocado
Una reparación atenuada
La magistrada entendió que la cifra debía ser moderada para no apartarse del principio de reparación integral. Aun así, remarcó que la condición de figura pública del damnificado no convierte su vida privada en materia de interés público
Como parte de la reparación, el tribunal dispuso publicar un mensaje institucional sobre el uso responsable de las redes sociales y el respeto por los derechos personalísimos, entre ellos la imagen, el buen nombre, el honor y la dignidad de las personas