El mercado de los autos usados cerró agosto con una nueva baja. En ese mes se transfirieron 155.246 vehículos, una caída de 7,3% frente al mismo período de 2025 y de 1% en comparación con julio. En el acumulado de enero a agosto, las operaciones llegaron a 1.203.684 unidades, un retroceso de 4,9% interanual

Un costo que no es único

Más allá de la marcha del mercado, una de las principales consultas al comprar un usado sigue siendo cuánto cuesta la transferencia. No existe un valor fijo: al arancel del Registro se le suman tributos provinciales y otros gastos que pueden variar según el caso

Hoy, el arancel registral por transferencia equivale al 1% del valor de mercado del automotor. La alícuota es la misma para vehículos nacionales e importados y se calcula a partir de la tabla de valuaciones oficial

A ese importe hay que agregar los impuestos que correspondan según la jurisdicción. En la Ciudad de Buenos Aires, el impuesto de Sellos para la transferencia de usados es del 3%. En la provincia de Buenos Aires rige la misma tasa general para compraventas entre particulares

Como referencia, una transferencia entre particulares en CABA o en territorio bonaerense puede ubicarse cerca del 4% del valor del vehículo, al sumar el 1% del arancel registral y el 3% de Sellos. Para un auto valuado en $20 millones, eso implica unos $800.000

Qué otros gastos pueden aparecer

Según el caso, pueden sumarse costos extra, como la verificación física o policial del vehículo. En los automotores cuya inscripción inicial fue realizada desde el 1° de enero de 2001, ese control es obligatorio antes de concretar la transferencia

Cómo se hace el trámite

La transferencia de dominio es el procedimiento que deja al vehículo a nombre del comprador y quita al vendedor de la titularidad. El trámite puede iniciarse por internet y completarse en el Registro Seccional correspondiente, ya sea en la dependencia donde está radicado el auto o en la que corresponda al domicilio del comprador

Para avanzar se necesita, entre otros documentos, el Formulario 08, los DNI de las partes, la constancia de CUIT, CUIL o CDI del comprador, el título del automotor o la Constancia de Asignación de Título y las cédulas del vehículo

La existencia de deudas por multas o patentes no impide inscribir o transferir el automotor. Eso no borra la obligación de pago, pero la deuda por sí sola no frena el cambio de titularidad