El Departamento de Seguridad Nacional puso en marcha una regla provisional que modifica el sistema de asilo afirmativo administrado por el Uscis. Desde ahora, algunos expedientes podrán ser enviados directamente a un juez de inmigración sin que el solicitante pase antes por una entrevista con un oficial de asilo

Qué casos pueden ser derivados

La medida forma parte de un intento por reducir una acumulación que supera los 1,4 millones de solicitudes. El Uscis podrá revisar el expediente escrito y, si considera que la evidencia no demuestra elegibilidad para el asilo o indica que el beneficio no debería concederse, remitir el caso a la corte

El nuevo criterio alcanza sobre todo a personas que no tienen otra base legal para permanecer en Estados Unidos y cuyos casos muestran obstáculos como una presentación fuera del plazo de un año sin excepción válida, barreras previstas por la ley o documentación insuficiente para sostener la solicitud

De acuerdo con las estimaciones oficiales, unos 444.724 expedientes, cerca del 31% del total pendiente, podrían quedar alcanzados por este procedimiento

Más peso para el expediente escrito

Con este cambio, el contenido del formulario I-589 y la documentación presentada ganan protagonismo. En los casos que no lleguen a entrevista, la información debe estar completa desde el inicio o incorporarse antes de que el oficial adopte una decisión

Las autoridades recomiendan incluir pruebas claras del temor de persecución y, si la solicitud fue presentada después del plazo de un año, documentos que expliquen la demora por circunstancias extraordinarias o por cambios relevantes en el país de origen o en la situación personal del solicitante

También conviene sumar antecedentes penales, cuando existan, para demostrar que no impiden acceder al asilo. El Uscis mantiene la posibilidad de recibir documentación adicional antes de decidir y de responder a solicitudes de prueba, aunque ya no está obligado a emitirlas antes de enviar un caso a la corte

Qué pasa si el caso llega al juez

Ser derivado a un juez no implica una orden automática de deportación. El solicitante puede sostener su pedido de asilo ante el tribunal de inmigración y, además, pedir otras formas de alivio migratorio si cumple con los requisitos

La nueva regla también simplifica las notificaciones que se envían a los solicitantes. En esos avisos ya no será obligatorio incluir un análisis detallado sobre la credibilidad del interesado al informar la derivación del caso

El gobierno defendió el cambio como una forma de concentrar recursos en solicitudes con más posibilidades de aprobación y de reducir demoras acumuladas que, según su diagnóstico, han distorsionado el uso del sistema

Vigencia y alcance

La norma entró en vigor el 28 de julio bajo la figura de regla final interina, lo que le da validez desde el día de su publicación oficial. Se aplica tanto a nuevas solicitudes como a casos ya pendientes que todavía no tengan entrevista inicial programada

Aunque ya rige, el gobierno abrió un período de 60 días, hasta el 28 de septiembre, para recibir comentarios escritos sobre la disposición