El fin del Estatus de Protección Temporal (TPS) para Honduras cambió la situación migratoria de quienes estaban amparados por ese programa. Desde septiembre de 2025, cada beneficiario volvió al estatus que tenía antes del TPS o quedó sujeto a otra categoría obtenida legalmente durante ese tiempo
Opciones familiares para abrir camino a la residencia
Una de las alternativas posibles es la petición familiar. En algunos casos, una persona puede iniciar el proceso mediante un familiar con ciudadanía estadounidense o residencia permanente legal
El trámite puede comenzar con el formulario I-130, que sirve para acreditar el vínculo familiar. Entre los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses se incluyen cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres de ciudadanos mayores de 21 años
En esas categorías no existe límite anual de visas. También hay otras vías de preferencia familiar para ciertos hijos adultos, hermanos de ciudadanos, y cónyuges e hijos de residentes permanentes, aunque esas opciones están sujetas a cupos y esperas
En algunos casos, el ajuste de estatus puede ser una posibilidad. Quienes hayan sido inspeccionados y admitidos, o hayan recibido parole, pueden ser elegibles para presentar el I-485 si cumplen los demás requisitos aplicables
Trabajo patrocinado y categorías de empleo
La segunda vía está vinculada con el empleo. Un trabajador hondureño puede ser patrocinado por una empresa de Estados Unidos si encuadra en una clasificación laboral permitida
Entre las opciones temporales figuran las visas H-1B para determinados profesionales, H-2A para trabajos agrícolas y H-2B para empleos temporales no agrícolas. En esos casos, el empleador puede presentar el formulario I-129
También existen categorías de inmigración basadas en el empleo, identificadas como EB-1 a EB-5. Algunas, como EB-2 y EB-3, pueden requerir una certificación laboral previa del Departamento de Trabajo antes de avanzar con la petición de inmigrante mediante el I-140
Mientras ciertos trámites siguen en curso, algunos solicitantes pueden pedir un Documento de Autorización de Empleo. Quienes tengan un I-485 pendiente pueden solicitar el permiso laboral con el formulario I-765, siempre que cumplan con los requisitos correspondientes
Asilo y acceso eventual al EAD
La tercera opción es el asilo. Esta vía está pensada para personas que puedan demostrar un temor fundado de persecución por motivos protegidos por la legislación estadounidense, como raza, religión, opinión política o pertenencia a un grupo social determinado
Tras la pérdida del TPS, quienes busquen esta alternativa deben presentar el formulario I-589 dentro de un período razonable después de que deje de existir la circunstancia extraordinaria. En ese marco, la continuidad del TPS puede ser considerada una causa extraordinaria para pedir una excepción al plazo general de un año
Los solicitantes de asilo también pueden llegar a ser elegibles para un EAD una vez cumplido el período que marcan las normas aplicables
Un programa temporal que llegó a su cierre
La finalización del TPS para Honduras se produjo luego de que el Departamento de Seguridad Nacional determinara que las circunstancias que dieron origen a la designación ya no justificaban mantenerla
Honduras había sido incorporada al programa después del huracán Mitch de 1998. Con el paso del tiempo, las autoridades consideraron que aquellas condiciones habían cambiado y que existían elementos para permitir el retorno de ciudadanos hondureños
El gobierno estadounidense también sostuvo que el TPS fue creado como una protección temporal y no como una vía permanente hacia la residencia