La Ley SB 488 entró en vigor en Florida el 1° de octubre de 2026. La norma introduce cambios en las reglas de transporte, seguridad vial y gestión administrativa del estado
Nuevo umbral para informar accidentes
Uno de los principales cambios alcanza a los conductores involucrados en choques. La sección 316.065 de los Estatutos de Florida elevó de US$500 a US$2000 el monto de daño material aparente que obliga a avisar de inmediato a la policía o a la Patrulla de Carreteras
La obligación también se mantiene cuando el accidente provoca lesiones o muertes, sin importar el valor de los daños materiales
En cambio, si no hay heridos ni víctimas fatales y los daños no llegan a US$2000, los conductores no deben llamar inmediatamente a las autoridades. Incumplir esta disposición constituye una falta de tránsito no criminal y puede derivar en sanciones civiles
Qué cambia para las placas y los trámites digitales
La ley también establece reglas para los marcos decorativos de las matrículas. Su uso está permitido siempre que no cubra la combinación alfanumérica ni la calcomanía de validación ubicada en la esquina superior derecha
Además, quedan prohibidos los dispositivos diseñados para dificultar la visibilidad de la placa o impedir su lectura electrónica
En el transporte comercial, las renovaciones de calcomanías de combustible deberán gestionarse mediante sistemas electrónicos. Los transportistas tendrán que presentar en línea las órdenes de renovación y las declaraciones impositivas
Notificaciones por correo electrónico y beneficio para veteranos
Las autoridades podrán enviar por correo electrónico las órdenes de cancelación o suspensión de licencias cuando el ciudadano haya autorizado previamente ese medio de comunicación
Por otra parte, los veteranos con discapacidad conservarán el derecho a mantener la designación alfanumérica única de su placa cuando renueven o transfieran el vehículo