El Instituto Mexicano del Seguro Social ofrece un servicio de guardería sin costo para las familias de personas trabajadoras aseguradas. La prestación incluye cuidado, alimentación y estimulación temprana para niñas y niños desde los 43 días de nacidos

El trámite puede hacerse en línea o de forma presencial, pero no en todos los esquemas aplica la misma vía. Además, la inscripción está sujeta a disponibilidad de cupo, por lo que puede haber lista de espera

Quién puede solicitarlo

El acceso está dirigido a personas aseguradas bajo el Régimen Obligatorio del IMSS con vigencia de derechos activa. Puede pedirlo la madre trabajadora, el padre viudo, el padre divorciado o quien tenga la patria potestad y custodia por resolución judicial

Los menores deben tener entre 43 días y 4 años de edad. En el caso de las guarderías integradoras, que atienden a niñas y niños con discapacidad, el límite se amplía hasta los 6 años

Modalidades disponibles

El IMSS opera distintos esquemas de atención. La modalidad Ordinaria corresponde a prestación directa en instalaciones propias. El esquema Vecinal Comunitario Único es el más extendido y el único que admite registro por internet

También existen las guarderías Integradoras, con apoyo terapéutico especializado; Madres IMSS, exclusiva para personal del Instituto; En Empresa, operada por el patrón; y En el Campo, destinada a trabajadores eventuales del sector agrícola

La inscripción y los materiales didácticos no tienen costo para las familias. El pago del servicio se cubre mediante la cuota patronal al seguro

Documentos necesarios

Antes de iniciar, conviene reunir la documentación del menor, de la persona trabajadora y del centro laboral

Del menor: acta de nacimiento, CURP si no viene integrada en el acta, Cartilla Nacional de Salud, solicitud de examen médico de admisión y, en caso de guardería integradora, valoración de desarrollo

Del trabajador asegurado: NSS, CURP, identificación oficial vigente, comprobante de domicilio y constancia de plática de nuevo ingreso

Del centro laboral: nombre o razón social, domicilio y teléfonos. Si aplica, también se debe presentar la resolución judicial de patria potestad o custodia

Además, hay que registrar los datos de las personas autorizadas para recoger al menor: nombre, domicilio, teléfono, identificación oficial y CURP

Cómo hacer el trámite

El primer paso es confirmar que la vigencia de derechos esté activa. Esto puede revisarse en el portal del IMSS o vía telefónica

Después, si el menor aún no figura como beneficiario, debe darse de alta en la Unidad de Medicina Familiar correspondiente. Ese registro es indispensable para continuar

Luego conviene ubicar la guardería de preferencia en el directorio institucional, donde aparecen horarios, ubicación y modalidad de operación

Si el esquema es Vecinal Comunitario Único, el pre-registro puede hacerse en internet con el NSS y la CURP del trabajador y del menor. Ahí se sube la documentación solicitada y se descarga la solicitud con código QR y fecha de cita

En los demás esquemas, el trámite se realiza de manera presencial en la guardería elegida. Esto aplica también para guarderías de Campo, Ordinaria, Madres IMSS y para el área de discapacidad de una guardería integradora

Una vez enviada la solicitud, la guardería confirma si existe espacio en la sala correspondiente a la edad del menor. Es posible mantener hasta dos solicitudes al mismo tiempo, una en estatus pendiente y otra en trámite

Qué pasa después de la aceptación

Cuando la guardería notifica que hay lugar, la persona trabajadora cuenta con siete días hábiles para entregar los requisitos finales y firmar el contrato junto con la Carta de Derechos y Obligaciones

En esa misma visita, el personal médico revisa el peso, la talla y la cartilla de vacunación del menor

La incorporación no es inmediata a jornada completa. Durante los primeros cinco días hay un periodo de adaptación gradual: comienza con una hora el primer día y avanza hasta completar la jornada el quinto día

Horarios y apoyo

Las guarderías ordinarias operan de lunes a viernes en turno matutino de 06:00 a 16:00 horas o vespertino de 08:00 a 18:00 horas. Las integradoras atienden de 07:00 a 19:00 horas

También existe la modalidad nocturna o de 24 horas, de lunes a domingo, pensada para personas con turnos rotativos en sectores como enfermería, seguridad y manufactura

Para dudas sobre el trámite en línea, el IMSS cuenta con la línea 800 900 1300 y el correo [email protected]. Para consultas generales sobre vigencia de derechos o localización de guarderías, la atención telefónica es al 800 623 2323