El Instituto Mexicano del Seguro Social ofrece un servicio de guardería sin costo para las familias de personas trabajadoras aseguradas. La prestación incluye cuidado, alimentación y estimulación temprana para niñas y niños desde los 43 días de nacidos
El trámite puede hacerse en línea o de forma presencial, pero no en todos los esquemas aplica la misma vía. Además, la inscripción está sujeta a disponibilidad de cupo, por lo que puede haber lista de espera
Quién puede solicitarlo
El acceso está dirigido a personas aseguradas bajo el Régimen Obligatorio del IMSS con vigencia de derechos activa. Puede pedirlo la madre trabajadora, el padre viudo, el padre divorciado o quien tenga la patria potestad y custodia por resolución judicial
Los menores deben tener entre 43 días y 4 años de edad. En el caso de las guarderías integradoras, que atienden a niñas y niños con discapacidad, el límite se amplía hasta los 6 años
Modalidades disponibles
El IMSS opera distintos esquemas de atención. La modalidad Ordinaria corresponde a prestación directa en instalaciones propias. El esquema Vecinal Comunitario Único es el más extendido y el único que admite registro por internet
También existen las guarderías Integradoras, con apoyo terapéutico especializado; Madres IMSS, exclusiva para personal del Instituto; En Empresa, operada por el patrón; y En el Campo, destinada a trabajadores eventuales del sector agrícola
La inscripción y los materiales didácticos no tienen costo para las familias. El pago del servicio se cubre mediante la cuota patronal al seguro
Documentos necesarios
Antes de iniciar, conviene reunir la documentación del menor, de la persona trabajadora y del centro laboral
Del menor: acta de nacimiento, CURP si no viene integrada en el acta, Cartilla Nacional de Salud, solicitud de examen médico de admisión y, en caso de guardería integradora, valoración de desarrollo
Del trabajador asegurado: NSS, CURP, identificación oficial vigente, comprobante de domicilio y constancia de plática de nuevo ingreso
Del centro laboral: nombre o razón social, domicilio y teléfonos. Si aplica, también se debe presentar la resolución judicial de patria potestad o custodia
Además, hay que registrar los datos de las personas autorizadas para recoger al menor: nombre, domicilio, teléfono, identificación oficial y CURP
Cómo hacer el trámite
El primer paso es confirmar que la vigencia de derechos esté activa. Esto puede revisarse en el portal del IMSS o vía telefónica
Después, si el menor aún no figura como beneficiario, debe darse de alta en la Unidad de Medicina Familiar correspondiente. Ese registro es indispensable para continuar
Luego conviene ubicar la guardería de preferencia en el directorio institucional, donde aparecen horarios, ubicación y modalidad de operación
Si el esquema es Vecinal Comunitario Único, el pre-registro puede hacerse en internet con el NSS y la CURP del trabajador y del menor. Ahí se sube la documentación solicitada y se descarga la solicitud con código QR y fecha de cita
En los demás esquemas, el trámite se realiza de manera presencial en la guardería elegida. Esto aplica también para guarderías de Campo, Ordinaria, Madres IMSS y para el área de discapacidad de una guardería integradora
Una vez enviada la solicitud, la guardería confirma si existe espacio en la sala correspondiente a la edad del menor. Es posible mantener hasta dos solicitudes al mismo tiempo, una en estatus pendiente y otra en trámite
Qué pasa después de la aceptación
Cuando la guardería notifica que hay lugar, la persona trabajadora cuenta con siete días hábiles para entregar los requisitos finales y firmar el contrato junto con la Carta de Derechos y Obligaciones
En esa misma visita, el personal médico revisa el peso, la talla y la cartilla de vacunación del menor
La incorporación no es inmediata a jornada completa. Durante los primeros cinco días hay un periodo de adaptación gradual: comienza con una hora el primer día y avanza hasta completar la jornada el quinto día
Horarios y apoyo
Las guarderías ordinarias operan de lunes a viernes en turno matutino de 06:00 a 16:00 horas o vespertino de 08:00 a 18:00 horas. Las integradoras atienden de 07:00 a 19:00 horas
También existe la modalidad nocturna o de 24 horas, de lunes a domingo, pensada para personas con turnos rotativos en sectores como enfermería, seguridad y manufactura
Para dudas sobre el trámite en línea, el IMSS cuenta con la línea 800 900 1300 y el correo [email protected]. Para consultas generales sobre vigencia de derechos o localización de guarderías, la atención telefónica es al 800 623 2323