La jueza Laura De Marinis, del fuero Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 27.801, que establece la aplicación del régimen penal juvenil a partir de los 14 años
La magistrada también sobreseyó a un adolescente de esa edad, identificado como M. I. A., acusado de participar en un intento de robo junto con al menos otros tres jóvenes
Según consta en la resolución, el grupo habría intentado sustraerle el teléfono celular a un hombre de 47 años. La víctima logró escapar, pidió ayuda a un agente de la Policía de la Ciudad y, poco después, los sospechosos fueron interceptados. El Ministerio Público Fiscal calificó el hecho como tentativa de robo
El planteo de la defensa
El Ministerio Público de la Defensa solicitó que se declarara la inconstitucionalidad de la norma y planteó, de manera subsidiaria, la incompetencia del fuero porteño
Tras una audiencia realizada la semana pasada, la defensa limitó el pedido de inconstitucionalidad a la situación del adolescente de 14 años. La Asesoría Tutelar había advertido inicialmente que no había podido entrevistarse con él, circunstancia que podía afectar su derecho a ser oído
La jueza otorgó un plazo para que los representantes de la defensa y de la Asesoría Tutelar pudieran entrevistarlo. Luego de ese encuentro, el adolescente manifestó su voluntad de continuar con el planteo
Los argumentos de la jueza
En su resolución, De Marinis sostuvo que los adultos no pueden responsabilizar penalmente a niños y adolescentes por las situaciones de desamparo y falta de protección que atravesaron durante su infancia
La magistrada afirmó que la incorporación al sistema penal debe funcionar como último recurso y advirtió que, para algunas trayectorias de vida, termina siendo la primera respuesta institucional
Al mismo tiempo, rechazó el planteo de incompetencia. Para fundamentar esa decisión, señaló que la jurisprudencia reconoce al Tribunal Superior de Justicia porteño como autoridad para resolver conflictos de competencia entre juzgados ordinarios de la ciudad
También consideró que debe continuar interviniendo el tribunal que actuó primero y que cuenta con mayor conocimiento de la investigación
Se trata de la segunda decisión judicial conocida en contra del nuevo régimen penal juvenil. En este caso, la declaración de inconstitucionalidad se refiere a la situación concreta del adolescente involucrado