El Gobierno presentó ante el Congreso un proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional que amplía las sanciones contra quienes exploten sin autorización recursos naturales en las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur, sus espacios marítimos e insulares circundantes y la Plataforma Continental Argentina
La iniciativa fue firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, el canciller Pablo Quirno y los ministros Carlos Presti, de Defensa, y Luis Caputo, de Economía. El texto propone reemplazar la Ley 26.659, vigente desde 2011 y centrada en actividades hidrocarburíferas no autorizadas
El nuevo régimen alcanzaría a toda actividad no habilitada relacionada con recursos renovables y no renovables. Las personas o empresas involucradas podrían recibir multas de entre 4.000 y 500.000 barriles de petróleo, además de la suspensión o cancelación de permisos y una inhabilitación de cinco a 20 años
Penas de hasta 20 años por actividades hidrocarburíferas
Para la exploración o explotación ilegal de recursos no renovables, el proyecto establece penas de 12 a 20 años de prisión. En los casos de extracción, transporte o almacenamiento de hidrocarburos, las condenas previstas serían de 15 a 20 años, con multas de hasta tres millones de barriles de petróleo
Los proveedores que entreguen bienes o servicios esenciales para esas operaciones también quedarían alcanzados si conocen el destino de sus prestaciones. Para esas conductas se contemplan penas de cinco a siete años
Las sociedades participantes podrían sufrir la revocación de sus habilitaciones, la suspensión de actividades por hasta 30 años, la prohibición de contratar con el Estado y, en determinados casos, su disolución o liquidación
Restricciones para empresas sancionadas en Argentina
Una compañía inhabilitada no podría desarrollar actividades económicas en el país durante el período fijado. También se revocarían sus permisos, se cancelarían beneficios impositivos o previsionales otorgados por actos particulares y se rescindirían contratos ejecutados total o parcialmente en territorio argentino o sobre bienes ubicados en el país
La autoridad de aplicación establecería un plazo de cese de entre 30 y 180 días para ordenar el retiro de las empresas afectadas. Ese período podría prorrogarse según la continuidad de servicios y la situación de trabajadores, acreedores o terceros de buena fe
El proyecto incorpora además un Régimen de Desistimiento y Regularización. Quienes abandonen las prácticas cuestionadas podrían solicitar su ingreso, pagar multas o comprometer inversiones en actividades legales dentro de Argentina. El cumplimiento de las condiciones permitiría archivar las actuaciones administrativas y extinguir la acción penal, salvo en casos de sentencia firme o reincidencia
Un Consejo de Seguridad Nacional bajo conducción presidencial
El segundo eje de la propuesta es la creación de un Sistema de Seguridad Nacional, destinado a coordinar las áreas diplomática, económica, cibernética, jurídica, de defensa, inteligencia y protección de infraestructuras críticas
El órgano rector sería el Consejo de Seguridad Nacional, presidido por Milei e integrado de manera permanente por el jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, el secretario de Inteligencia de Estado y la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia
El Consejo elaboraría una Política de Seguridad Nacional, que luego debería ser aprobada por el Poder Ejecutivo. También podría requerir información y asistencia obligatoria a organismos públicos nacionales y solicitar cooperación a provincias, municipios y a la Ciudad de Buenos Aires
La iniciativa define como infraestructuras críticas a las redes, instalaciones y sistemas públicos o privados indispensables para los servicios esenciales, la salud, la defensa, la economía y el funcionamiento del Estado. Las jurisdicciones locales deberían identificarlas y preparar planes de protección, mientras que el Consejo determinaría cuáles tienen interés nacional
Reglas para responder ante aeronaves y buques hostiles
El texto fija un procedimiento para identificar, interceptar y eventualmente emplear la fuerza contra aeronaves que violen las reglas de vuelo, no se identifiquen o desobedezcan órdenes de las autoridades. Las medidas coercitivas destinadas a impedir la continuidad de un vuelo requerirían una orden expresa del Presidente, quien podría delegarla en el ministro de Defensa
Las decisiones deberían respetar el derecho internacional y evitar poner en riesgo a los ocupantes de aeronaves civiles. En aguas marítimas, fluviales y lacustres, se permitirían advertencias, maniobras de interposición, disparos de advertencia e inutilización de buques luego de agotar alternativas menos lesivas
El hundimiento quedaría reservado como medida militar excepcional contra un buque hostil y requeriría autorización presidencial. El proyecto prohíbe hundir una embarcación civil como sanción, herramienta policial o mecanismo para impedir una fuga
Bloqueo de activos ante amenazas graves
El Consejo podría iniciar procedimientos administrativos contra personas o entidades vinculadas con Estados u organizaciones extranjeras que intenten afectar la integridad territorial, interferir de manera clandestina, engañosa o coercitiva en decisiones estatales, atacar infraestructuras críticas o financiar esas acciones
Las sanciones incluirían multas de entre 30.000 y 180.000 Unidades de Valor Adquisitivo, la revocación de permisos, la pérdida de beneficios estatales y la inhabilitación para operar en sectores estratégicos
Ante un riesgo grave e inminente, el Consejo podría restringir temporalmente operaciones cambiarias, transferencias, importaciones y exportaciones; bloquear fondos; suspender permisos o elevar hasta un 75% los derechos de importación y exportación aplicables al Estado extranjero involucrado
Cambios en defensa, elecciones e inteligencia
La propuesta también modifica la Ley de Defensa Nacional para incorporar amenazas y riesgos externos, estatales y no estatales, tanto cinéticos como no cinéticos. Además, contempla el uso de las Fuerzas Armadas para proteger infraestructuras críticas de interés nacional cuando corresponda
En materia electoral, prohíbe que extranjeros sin residencia permanente y personas jurídicas extranjeras financien, organicen, dirijan o ejecuten actividades de campaña y propaganda. También incorpora delitos vinculados con operaciones clandestinas de inteligencia extranjera, filtración de secretos y campañas masivas de desinformación destinadas a alterar procesos electorales
Por último, el proyecto eleva a rango legal el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento, conocido como RePET, bajo la órbita de la Unidad de Información Financiera. El mecanismo permitiría inmovilizar bienes y restringir operaciones de las personas o entidades registradas, con posterior intervención judicial