La Autoridad Marítima de Panamá dispuso que toda la información y documentación vinculada con los expedientes administrativos tramitados por la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares quede bajo acceso restringido durante 10 años

La decisión alcanza tres tipos de procesos: concesiones de áreas, licencias operativas para servicios auxiliares marítimos e investigaciones por infracciones administrativas. La vigencia de la restricción se extenderá hasta 2036, salvo que desaparezcan las causas que la motivaron

Pedido de reconsideración

El presidente de la República, José Raúl Mulino, dijo desconocer las razones de la confidencialidad y pidió públicamente a la entidad que reconsidere la medida. En un mensaje publicado en X, señaló: “Les pido respetuosamente que reconsideren eso”

El acto administrativo lleva las firmas de Virna C. Luque, viceministra de la Presidencia y presidenta de la junta directiva de la Autoridad Marítima de Panamá, y de Luis A. Roquebert, administrador de la institución

Contexto portuario

La junta directiva ya había aprobado esta decisión el 5 de marzo de 2026, poco después de que la Corte Suprema de Justicia declarara inconstitucional la Ley 5 de 1997, norma que había permitido la prórroga automática de la concesión a Panama Ports Company para operar los puertos de Balboa y Cristóbal

Tras esa anulación, la Autoridad Marítima de Panamá otorgó contratos temporales de hasta 18 meses a APM Terminals Panamá y TIL Panamá para administrar ambos puertos mientras se organiza una licitación pública. Esos contratos vencen el 23 de julio de 2027, y el Gobierno ha dicho que la adjudicación formal de nuevas concesiones, por plazos de entre 25 y 30 años, deberá concretarse antes de mediados de 2027

Transparencia en disputa

La resolución sostiene que, para negar acceso a la información, el funcionario custodio debe emitir antes una declaración previa y específica sobre el carácter restringido de los documentos. Solo las partes acreditadas en el procedimiento o las autoridades competentes podrían acceder a los expedientes

La divulgación indebida de esa información puede dar lugar a sanciones administrativas, civiles o penales. Al mismo tiempo, la Ley de Transparencia obliga a las instituciones públicas a entregar información sobre su funcionamiento y sus actividades, salvo que se trate de datos confidenciales o restringidos

En ese marco, cualquier persona puede solicitar estos documentos y, si recibe una negativa, acudir a los tribunales mediante una acción de habeas data. Además, el artículo 10 de esa ley establece deberes de transparencia en actos públicos vinculados con contrataciones, lo que abre interrogantes sobre la restricción aplicada a los procesos portuarios

En marzo de 2026, la entidad también pidió un presupuesto de 1,27 millones de dólares para contratar a la firma Icaza, González Ruiz y Alemán y analizar alternativas de prórroga, así como asesoría para la futura concesión portuaria

Por otro lado, APM Terminals cuenta con representación legal de Alemán, Cordero, Galindo & Lee, firma fundada por Aníbal Galindo, quien mantiene vínculos de asesoría con Mulino