Repartir los bienes entre los hijos antes de morir puede parecer una forma de ordenar la herencia y evitar disputas. Sin embargo, la decisión también puede traer consecuencias económicas y legales que deben evaluarse con anticipación
La escribana española María Cristina Clemente Buendía advirtió que no recomendaría donar sus bienes a una persona de 70 u 80 años. Según explicó, es imposible prever todos los gastos que pueden surgir con el paso del tiempo
Entre esas necesidades mencionó tratamientos médicos, asistencia domiciliaria o el ingreso a una residencia. Al transferir el patrimonio, la persona podría perder respaldo económico para afrontar esas situaciones
Donación y testamento no producen el mismo efecto
Una donación transfiere de inmediato la titularidad de un bien. En cambio, el testamento establece cómo se distribuirán las propiedades después de la muerte de su dueño
Por ese motivo, la escribana sostuvo que conservar el control sobre los bienes puede ser fundamental y planteó que muchas decisiones sucesorias pueden esperar hasta la elaboración de un testamento
Qué puede ocurrir con una propiedad donada
Una vez realizada la donación, el antiguo propietario deja de controlar el inmueble. Si el beneficiario contrae deudas o atraviesa dificultades económicas, la propiedad podría quedar expuesta a un embargo
La advertencia también incluye las joyas familiares. Su entrega puede constituir legalmente una donación y generar obligaciones fiscales. Además, su valor sentimental puede provocar desacuerdos si no se establecen con claridad los destinatarios
Ante estas situaciones, Clemente Buendía recomendó buscar asesoramiento profesional antes de organizar una herencia y desaconsejó redactar un testamento sin asistencia especializada
Sus consideraciones se refieren a la legislación española, cuyas normas pueden diferir de las vigentes en la Argentina