La SB 488, firmada por el gobernador Ron DeSantis, comenzó a regir en Florida el 1° de octubre de 2026. La norma modifica las reglas para las placas de automóviles y permite el uso de algunos accesorios decorativos

El gobernador aprobó la ley el 21 de abril, mientras que su registro como capítulo legal se concretó al día siguiente

Qué marcos y bordes están permitidos

Los marcos y bordes decorativos pueden utilizarse siempre que no dificulten la lectura de la información de la placa

El accesorio debe dejar visibles la combinación de números y letras, además de la calcomanía de validación ubicada en la esquina superior derecha de la matrícula

Los dispositivos que siguen prohibidos

La nueva autorización no incluye elementos destinados a ocultar o dificultar la detección de la placa

Continúan prohibidos los aerosoles, recubrimientos, materiales reflectantes y cubiertas que impidan leer la matrícula. La restricción también alcanza a dispositivos iluminados y a mecanismos manuales, electrónicos o mecánicos diseñados para esconderla

Reglas para las placas de personas con discapacidad

La ley contempla matrículas gratuitas para determinados veteranos con discapacidad y establece disposiciones para quienes cumplen los requisitos para obtener permisos de estacionamiento permanente

Las solicitudes pueden presentarse ante la oficina del recaudador fiscal. Esa dependencia podrá emitir las placas de manera inmediata cuando sean solicitadas

Qué deben tener en cuenta los conductores

El permiso para utilizar un marco decorativo no habilita el uso de accesorios que tapen los números, las letras o la calcomanía de validación

En todos los casos, la matrícula debe permanecer completamente legible y detectable