La SB 488, firmada por el gobernador Ron DeSantis, comenzó a regir en Florida el 1° de octubre de 2026. La norma modifica las reglas para las placas de automóviles y permite el uso de algunos accesorios decorativos
El gobernador aprobó la ley el 21 de abril, mientras que su registro como capítulo legal se concretó al día siguiente
Qué marcos y bordes están permitidos
Los marcos y bordes decorativos pueden utilizarse siempre que no dificulten la lectura de la información de la placa
El accesorio debe dejar visibles la combinación de números y letras, además de la calcomanía de validación ubicada en la esquina superior derecha de la matrícula
Los dispositivos que siguen prohibidos
La nueva autorización no incluye elementos destinados a ocultar o dificultar la detección de la placa
Continúan prohibidos los aerosoles, recubrimientos, materiales reflectantes y cubiertas que impidan leer la matrícula. La restricción también alcanza a dispositivos iluminados y a mecanismos manuales, electrónicos o mecánicos diseñados para esconderla
Reglas para las placas de personas con discapacidad
La ley contempla matrículas gratuitas para determinados veteranos con discapacidad y establece disposiciones para quienes cumplen los requisitos para obtener permisos de estacionamiento permanente
Las solicitudes pueden presentarse ante la oficina del recaudador fiscal. Esa dependencia podrá emitir las placas de manera inmediata cuando sean solicitadas
Qué deben tener en cuenta los conductores
El permiso para utilizar un marco decorativo no habilita el uso de accesorios que tapen los números, las letras o la calcomanía de validación
En todos los casos, la matrícula debe permanecer completamente legible y detectable