El formulario 1040-C del Servicio de Impuestos Internos (IRS) se aplica a determinados extranjeros residentes y no residentes que planean salir de Estados Unidos o de sus territorios y tienen obligaciones tributarias pendientes

El documento permite calcular los impuestos correspondientes a los ingresos obtenidos y a los que se espera recibir durante el año fiscal en el que se produce la salida

Cómo se tramita el permiso de salida

La presentación del formulario puede permitir la obtención del certificado de cumplimiento fiscal, conocido también como permiso de salida o sailing permit

Cuando corresponde, un agente del IRS revisa la declaración y firma el certificado después de comprobar que se cumplieron los requisitos. Esto puede incluir el pago de las obligaciones pendientes o la presentación de una garantía aceptada por el organismo

El trámite debe realizarse entre 14 y 30 días antes de la fecha prevista de salida. La gestión es personal, con cita previa, en un Centro de Asistencia al Contribuyente del IRS. Se deben presentar el formulario original y una copia

Para la entrevista, el solicitante debe reunir documentación de identidad, viaje, ingresos y situación fiscal. Entre los documentos requeridos pueden estar el pasaporte vigente, la tarjeta de residencia o visa, y el comprobante del viaje

También pueden solicitarse el número de Seguro Social (SSN) o el Número de Identificación Personal del Contribuyente (ITIN), copias de las declaraciones de los dos años anteriores, comprobantes de impuestos pagados y registros de los ingresos del año en curso

Las personas que trabajan por cuenta propia deben preparar información sobre sus ingresos y gastos. Además, pueden requerirse comprobantes de los pagos de impuestos estimados del año anterior y del actual

El formulario no reemplaza la declaración anual

El 1040-C no sustituye la declaración anual de impuestos. Una vez finalizado el año fiscal, el contribuyente debe presentar el formulario regular que corresponda a su clasificación tributaria

Los pagos efectuados durante el trámite de salida se computan en esa liquidación definitiva

Quiénes pueden estar exentos

No todos los extranjeros que abandonan Estados Unidos deben obtener el certificado. Entre las excepciones se encuentran determinadas personas con pasaporte diplomático, sus familiares y personal de servicio

También pueden quedar exceptuados empleados de gobiernos extranjeros u organismos internacionales cuya remuneración oficial esté exenta de impuestos estadounidenses y que no reciban otros ingresos de fuentes estadounidenses

Los titulares de visas F-1, F-2, H-3, H-4, J-1, J-2 y Q pueden estar exentos cuando solo reciben determinadas asignaciones educativas, prestaciones de alojamiento o capacitación, ingresos por empleos autorizados e intereses bancarios que cumplan las condiciones establecidas

Para quienes tienen visas M-1 y M-2, la excepción puede abarcar ciertos ingresos de empleos autorizados e intereses bancarios no vinculados con una actividad comercial en Estados Unidos

Las instrucciones también contemplan a turistas con visa B-2, visitantes de negocios con visa B-1 o B-1/B-2 que permanecen en el país durante 90 días o menos en el año fiscal, y determinadas personas en tránsito con visa C-1

Asimismo, pueden existir excepciones para quienes utilizan tarjetas de cruce fronterizo o viajan bajo acuerdos que no exigen visa ni pasaporte para determinadas visitas breves

Estas exenciones dependen del cumplimiento de las condiciones fiscales y migratorias aplicables. En ciertos casos, el director del área del IRS puede exigir el permiso si existen ingresos gravables del año en curso o del anterior y considera que la salida podría dificultar el cobro de impuestos adeudados

Cuándo puede utilizarse el formulario 2063

Si una persona debe tramitar el permiso, pero no obtuvo ingresos gravables durante el período correspondiente ni durante el año anterior, puede utilizar el formulario 2063 cuando se cumplan las condiciones previstas por el IRS

Se trata de una declaración simplificada que no incluye el cálculo de la deuda tributaria. También puede utilizarse en ciertos casos de residentes cuando la salida no representa un riesgo para el cobro de los impuestos