La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) puede enviar correos electrónicos a ciertos viajeros cuando les quedan diez días de estadía autorizada en el país. También remite avisos si detecta una posible permanencia superior al tiempo permitido
Dos alertas posibles
La agencia contempla dos tipos de notificaciones: un recordatorio cuando faltan diez días para que venza el período autorizado y una advertencia por una posible estadía fuera de plazo
Quienes reciban uno de esos mensajes pueden revisar su situación en el portal oficial del Formulario I-94 o desde la aplicación CBP Link. Allí, la pestaña “View Compliance” muestra el tiempo restante de estadía y eventuales incumplimientos vinculados con la fecha de salida
La CBP advierte que cada viajero es responsable de controlar la fecha límite de su admisión, incluso si no recibe ninguna alerta. El resultado de la herramienta es solo orientativo y no equivale a una determinación legal definitiva
Además, algunos cambios o extensiones gestionados ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos pueden no aparecer de inmediato en el sistema de la CBP
Cómo identificar un correo legítimo
Los avisos oficiales de cumplimiento se envían desde [email protected]. Un mensaje que llegue desde otra dirección puede tratarse de un intento de phishing
Antes de abrir enlaces o compartir datos, conviene verificar la dirección completa del remitente, evitar mensajes que pidan contraseñas o información bancaria, corroborar que los datos coincidan con el portal oficial del I-94 y confirmar que los enlaces lleven a dominios gubernamentales terminados en “.gov”
El I-94 sigue siendo la referencia clave
El envío de estos correos no modifica las normas migratorias ni las medidas de control. Tampoco extiende el plazo de permanencia ni reemplaza al Formulario I-94
Ese documento registra la llegada y la salida de visitantes internacionales admitidos en Estados Unidos. Desde el portal de la CBP, se puede recuperar la versión más reciente, descargarla e imprimirla. También sirve para acreditar el ingreso, la categoría migratoria y el período autorizado
En algunas clasificaciones, además, puede integrarse a la documentación necesaria para verificar una autorización de trabajo
Quiénes deben tramitarlo
El Formulario I-94 se exige a la mayoría de los visitantes internacionales. Entre las excepciones figuran los ciudadanos estadounidenses, los residentes permanentes que regresan al país, los extranjeros con visa de inmigrante y buena parte de los ciudadanos canadienses que viajan o están en tránsito
En aeropuertos y puertos marítimos, el trámite está automatizado y los pasajeros reciben un registro electrónico sin necesidad de pedirlo antes. En determinados pasos terrestres o servicios de ferry, en cambio, puede gestionarse un I-94 provisional antes del viaje
Después, el viajero debe presentarse en el puerto de entrada, aportar sus datos biométricos cuando corresponda, pasar una entrevista y mostrar la documentación requerida
La aprobación previa no garantiza el ingreso a Estados Unidos. La decisión final queda en manos del funcionario de la CBP que realiza la inspección
La plataforma también permite consultar el historial de entradas y salidas de los últimos diez años, aunque ese apartado es solo de asistencia y puede no incluir todos los movimientos migratorios