El juez Alejandro Gabriel López absolvió a siete sindicalistas acusados por los bloqueos contra Rey Distribución, una empresa de alimentos y bebidas que empleaba a 34 personas. La fiscalía había solicitado penas de hasta diez años de prisión por turbación de la posesión, coacción, extorsión y amenazas
En un veredicto de 120 páginas, López sostuvo que las medidas de fuerza constituyeron un ejercicio legítimo del derecho de huelga. “Judicializar la huelga fue un despropósito”, escribió
Un nombramiento aprobado por unanimidad
López asumió en el Tribunal Oral N° 2 de San Nicolás en 2019, durante la gestión de María Eugenia Vidal. Su pliego fue aprobado por unanimidad en el Senado bonaerense, a partir de un acuerdo entre el peronismo y Juntos por el Cambio
El tribunal había sido creado por la ley 14.612 y comenzó sus actividades el 11 de noviembre de 2019. Vidal formalizó la designación mediante el decreto 1178/19
En aquella misma sesión legislativa también se aprobaron otros 16 pliegos judiciales, entre ellos los de María Laura Iglesia y Juan Carlos Tufari
La interpretación del derecho de huelga
El juez dio por probados dos bloqueos a Rey Distribución: uno ocurrido el 15 de enero de 2021 y otro desarrollado entre el 22 y el 25 de febrero de ese año
Sin embargo, concluyó que los hechos no configuraban delitos penales. Según su interpretación, el Código Penal excluye la responsabilidad de quien actúa en el legítimo ejercicio de un derecho
Con ese argumento absolvió a Maximiliano Cabaleyro, Maximiliano Pérez, Carlos y Enzo Ojeda, Matías y Lucas Torrez y Edgardo Di Mayo
López también rechazó que el derecho de propiedad y el derecho de huelga deban considerarse equivalentes. “No hay modo en que el derecho de huelga se ejerza sin afectar otros derechos”, señaló
El fallo cuestionó además el uso de escuchas telefónicas, que el magistrado calificó de desproporcionado frente al resultado obtenido. También criticó con dureza la actuación de la fiscalía y de la querella
Críticas y apelación
La decisión provocó cuestionamientos de Manuel Passaglia, quien era intendente de San Nicolás cuando ocurrieron los bloqueos. El diputado bonaerense calificó al juez de “garantista” y sostuvo que las protestas habían bloqueado una empresa, interrumpido los accesos a la ciudad y afectado la entrega de alimentos y la recolección de residuos
La fiscalía, encabezada por María del Valle Viviani y Verónica Marcantonio, había pedido diez años de prisión. La querella de la familia Rey, patrocinada por la senadora Florencia Arietto, reclamaba 15 años
Las fiscales anticiparon que apelarán el veredicto. También cuestionaron la resolución el abogado Fernando Soto, asesor de Patricia Bullrich, y Ariel Rey, propietario de la compañía afectada
El fallo tampoco consideró las disposiciones de la Ley Bases, que establece el despido con justa causa para quienes participen de bloqueos totales o parciales que afecten el ingreso de personas o bienes a una empresa
Un antecedente controvertido
López ya había intervenido en otro caso cuestionado. En esa oportunidad dispuso que Pablo Javier Gordillo cumpliera cinco años de prisión bajo arresto domiciliario, luego de que un jurado popular lo declarara culpable de abuso sexual gravemente ultrajante agravado