La Legislatura de Río Negro aprobó una nueva Ley Provincial de Carnes que moderniza el régimen para la faena, elaboración, traslado y comercialización de productos de origen animal. Entre sus cambios más relevantes, la norma incorpora el procesamiento de productos provenientes de fauna silvestre y abre así la posibilidad de comercializar carne de jabalí
La autoridad de aplicación deberá definir qué especies quedarán alcanzadas, aunque en el sector dan por descontada la inclusión del jabalí y el guanaco. La iniciativa, impulsada por el gobierno provincial, fue aprobada por mayoría tras un debate con diferencias sobre algunos artículos
Autoconsumo y nuevas escalas de faena
La ley busca ordenar actividades de distinta escala, desde pequeños productores hasta plantas industriales, y sumar reglas para situaciones que hasta ahora no tenían una regulación específica. Entre ellas, incorpora el autoconsumo familiar y nuevas categorías para las salas de faena artesanal
También establece un esquema para el traslado de carne destinada al consumo familiar desde establecimientos rurales hacia las localidades mediante una Guía de Tránsito No Comercial. Para hacerlo, el productor deberá estar registrado, contar con marca o señal y transportar la mercadería con precinto sanitario, en un medio hermético y sin contacto con sustancias contaminantes
La guía deberá incluir datos del origen y destino, la especie, el tipo y la cantidad de producto, la fecha de emisión y el vehículo utilizado. Además, el traslado no podrá superar las 48 horas y deberá ser validado en el primer puesto caminero policial o sanitario del recorrido
Fauna silvestre bajo control sanitario
La nueva regulación dispone que los productos alimenticios derivados de especies silvestres destinados al comercio deberán procesarse en plantas de faena habilitadas, ya sean industriales o artesanales. El área de Fauna provincial será la encargada de definir las especies autorizadas y los cupos correspondientes
El texto prohíbe la comercialización de carne obtenida mediante perros o por métodos cruentos que provoquen deterioro, estrés excesivo o contaminación biológica. Cuando los animales no sean trasladados vivos, deberán realizarse tareas previas de desangrado y evisceración antes de su llegada a la planta procesadora
En destino, las piezas deberán pasar por cuereado, higienización, enfriamiento y verificación sanitaria antes de su elaboración. El objetivo es que la incorporación de la fauna silvestre al mercado formal se haga con trazabilidad, documentación y controles de sanidad
Más control y menos burocracia
La norma también redefine la clasificación de los establecimientos de faena según su escala. Para la producción artesanal, fija un tope diario de hasta dos bovinos, cinco porcinos o diez ovinos o caprinos, además de categorías para mataderos rurales y frigoríficos de clase B y C
La regulación alcanza igualmente a quienes elaboren chacinados, salazones, conservas, quesos, leche y huevos. En todos los casos, el texto diferencia la producción artesanal de la industrial y suma controles del Ministerio de Salud para reforzar la inocuidad alimentaria
La ley prevé además un esquema de inspección, sanciones y multas. Los inspectores podrán ingresar a establecimientos, depósitos y transportes, verificar documentación y condiciones sanitarias e incluso controlar vehículos en tránsito. Para acceder a viviendas o espacios de uso estrictamente residencial, deberán contar con orden judicial
Desde el sector rural destacaron que la reforma reemplaza una normativa con 35 años de vigencia y permite formalizar actividades que no estaban contempladas. También remarcaron que la nueva ley puede mejorar el control sobre el jabalí, una especie exótica invasora que genera daños productivos y ambientales en Río Negro y en otras zonas de la Patagonia