El Servicio de Impuestos Internos (IRS) contempla mecanismos para que un contribuyente cuestione una determinación fiscal sin pagar primero la deuda en discusión. Ese derecho forma parte de la Declaración de Derechos del Contribuyente y, en ciertos casos, también habilita el acceso al Tribunal Tributario
Una apelación independiente
La oficina de Apelaciones del IRS actúa separada de los auditores que intervinieron en el caso. Su función es revisar los conflictos de manera imparcial y aplicar la ley federal para resolverlos. Además, debe emitir una respuesta por escrito sobre su decisión final
La posibilidad de recurrir a ese proceso ofrece alivio a quienes consideran erróneo el resultado de una auditoría reciente. En algunos supuestos, el contribuyente puede presentar una petición ante el Tribunal Tributario sin haber efectuado el pago previo
Qué casos pueden discutirse
La revisión no se limita a la declaración anual. Entre los asuntos que pueden llegar a Apelaciones figuran ajustes posteriores a auditorías, rechazos de reembolsos o créditos, negativas a reducir multas, pedidos de alivio para el cónyuge inocente y ofertas de transacción rechazadas
También pueden incluirse propuestas de multas por recuperación del impuesto del fondo fiduciario, sanciones informativas, decisiones sobre exención tributaria de organizaciones, determinaciones vinculadas con planes de jubilación, ajustes en impuestos sobre el empleo, controversias de cobro, cambios en sociedades y solicitudes de reducción de intereses o ciertos impuestos especiales
Cómo se inicia el trámite
Para pedir la revisión, el contribuyente debe presentar una protesta por escrito dentro del plazo indicado en el aviso oficial y enviarla a la dirección postal señalada en esa correspondencia
Si la suma en disputa no supera los 25.000 dólares por cada período fiscal, puede usarse el procedimiento de caso pequeño. En ese esquema alcanza con una explicación breve de los puntos en desacuerdo y los motivos de la objeción. El Formulario 12203 sirve para formalizar esa solicitud
Cuando el monto excede los 25.000 dólares, se exige una protesta formal más detallada. Ese escrito debe incluir hechos concretos, fundamentos legales y una declaración bajo pena de perjurio
Última instancia judicial
La oficina de Apelaciones suele organizar una conferencia informal para revisar el conflicto. El contribuyente puede defenderse por cuenta propia o con asistencia profesional. Si no hay acuerdo, todavía queda la opción de acudir a los tribunales federales
En ese escenario, el Tribunal Tributario exige presentar la petición formal dentro de los 90 días posteriores al aviso de deficiencia