El Ministerio de Economía dio por terminada la investigación sobre las importaciones de lavarropas fabricados en China y resolvió no establecer derechos antidumping. La CNCE concluyó que no se había comprobado la venta de esos productos en la Argentina a valores inferiores a los considerados normales en el país de origen
El expediente había comenzado en enero, a pedido de Drean, y comprendía lavarropas de hasta 13 kilos. En junio, la cartera económica había dispuesto continuar con el análisis, aunque sin imponer medidas provisorias
Un margen negativo en el segmento más importado
Durante el período comprendido entre octubre de 2024 y septiembre de 2025, casi el 90% del volumen ingresado correspondió a equipos de hasta 10 kilos y sin funciones avanzadas. Para ese grupo, la CNCE calculó un margen de dumping negativo del 27%
Ese resultado indica que el precio de exportación fue superior al valor normal utilizado como referencia. Al integrar ese segmento con el resto de las operaciones, el margen total de dumping fue nulo
Con esos datos, la Comisión recomendó cerrar la investigación sin aplicar derechos antidumping definitivos. La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa coincidió con el criterio, que luego fue formalizado por Economía
La resolución también señaló que, al no haberse acreditado dumping, no correspondía avanzar con el análisis del daño a la producción nacional ni con la relación causal entre las importaciones y un eventual perjuicio. La medida no determina que la industria local no haya sido afectada, sino que establece que no se verificó la condición necesaria para imponer el arancel
Menos renovaciones para otras protecciones
La decisión se suma a otros cambios recientes en la política de defensa comercial. En junio, Economía no prorrogó los derechos antidumping aplicados a motores eléctricos para lavarropas provenientes de China, cuyas alícuotas eran del 46% y del 30%, según el tipo de motor
En julio, la cartera tampoco renovó el derecho del 75,52% sobre tubos de aluminio chinos. El Gobierno consideró que, tras cinco años, la medida había cumplido su objetivo correctivo y que prolongarla podía afectar la competencia, el abastecimiento y los costos de las industrias usuarias
Ese mismo mes se decidió no extender la protección sobre los hornos eléctricos chinos. Entre los argumentos oficiales figuró que la medida no había conseguido aumentar la producción local, mientras la capacidad ociosa del sector superaba el 72%. También se advirtió que el arancel encarecía un producto relevante para hogares sin conexión a la red de gas
Un criterio más selectivo para el antidumping
La modificación del enfoque había comenzado a tomar forma en enero de 2025, cuando un decreto redujo los plazos de las investigaciones y de la aplicación de medidas antidumping. El objetivo era evitar procesos prolongados y limitar el uso de barreras arancelarias adicionales para restringir la competencia externa
La sucesión de decisiones no implica eliminar el antidumping, sino utilizarlo de manera más selectiva. Además de evaluar la situación de la industria protegida, el Gobierno considera sus efectos sobre la competencia, los costos, el abastecimiento y las empresas que emplean esos bienes como insumos